Comisiones
By J. MACHICADO
Los órganos jurisdiccionales (CSJ, CSD, TC) y los jueces se comunican con los sujetos procesales a través de la citación, notificación y el emplazamiento (CPC, 120).Si los órganos jurisdiccionales quieren comunicarse con los otros poderes los hacen a través de oficio, nota de cortesía, telegrama, radiograma u otro medio moderno (CPC, 118).
¿Cómo se comunican entre sí los órganos jurisdiccionales? ¿Y de estos con sus inferiores?
En materia netamente judicial se comunican a través de:
- Comisiones,(CPC, 113)
- Exhortos, entre iguales en jerarquía o al extranjero (CPC, 114).
- Ordenes instruidas, de juez superior a inferior (CPC,114).
- Provisiones. De CSJ y CSD con sus inmediatamente inferiores (CPC, 115, 291). Por ejemplo, comunicación de CSD con juez de partido.
En materia administrativa se comunican a través de:
- Carta acordada, (CPC, 117). Es la comunicación de los órganos jurisdiccionales con sus inferiores y en materia administrativa (CPC, 117). Por ejemplo, juez superior ordena inferior el cobro de costas a parte que perdió el proceso.
- Circular. Orden o conjunto de instrucciones reglamentarias, aclaratorias o recordativas que sobre una materia envía la autoridad a sus subordinados.
Las comisiones son comunicaciones que se establecen entre los órganos jurisdiccionales u otras autoridades no judiciales para que practiquen alguna diligencia. Comisiones, en plural, significa comunicaciones a través de provisiones, exhorto, etc. En singular significa orden para que otro haga algo a nombre nuestro.
Comisión (CPC, 113, 123)
Comisión. Orden librada por un juez dirigido a otro juez de su propia competencia territorial para que practique una diligencia judicial por no poder hacerlo personalmente (CPC, 113, 123). Verbigracia: Juez instructor puede hacer de juez sumariante para juez superior en un caso de corte [1] . O, juez instructor puede citar a nombre de juez de partido, si así lo comisiona éste.
Los presupuestos para que esta orden sea librada son:
- Juez comisionante no puede realizar personalmente alguna diligencia y,
- Juez comisionado pertenezca a competencia territorial de juez comisionante. (CPC, 113).
Exhorto
Exhorto. Acto procesal de juez plasmada en una petición librada por él, en proceso que se tramita por ante el juzgado a su cargo, y dirigida a otro juez de su misma categoría pero diferente competencia territorial a fin de que practique alguna diligencia (notificación, embargo, recepción de declaración de testigo) que deba realizarse en la competencia territorial de éste (CPC, 114, 123, 389, 561).
Existe el llamado exhorto suplicatorio, que es el exhorto al extranjero, aunque la ley simplemente lo llama exhorto. "....Si tuviera que encomendarse a una autoridad del exterior, se hará mediante exhorto.". (CPC, 114).
Orden Instruida
Orden Instruida. Acto procesal del juez plasmada en una orden librada por él dirigida a otro juez pero inferior y de diferente competencia territorial a fin de que practique alguna diligencia judicial. (CPC, 114)
Provisión. Clases
Provisión. Es una orden emitida por las cortes o consejos a nombre del Poder Judicial, dirigida órganos o jueces inmediatamente inferiores para la ejecución de lo ordenado por ellos, so pena de que el inferior sea sancionado, si no cumple la orden (CPC, 115).
Por ejemplo, CSD orden que juez de partido cite al demandado. O, por ejemplo, Comisión de Admisión (consejo) ordena a nombre del Tribunal Constitucional la citación al recurrido (LTC, 83).
Clases De Provisión
- Citatoria. Cortes citan a través de inmediatamente inferior. Por ejemplo, CSD ordena a juez de Partido que se cite al demandado.
- Ejecutoria. Corte ordena a inferior que exija por ejemplo, el pago de una multa.
- Condenatoria. Superior manda a que inferior haga cumplir una sanción o una prestación.
- Compulsoria. Superior ordena a inferior que utilice la coacción Por ejemplo, el lanzamiento, el apremio.
Cartas Acordadas
Carta Acordada. Es la comunicación de los órganos jurisdiccionales con sus inferiores y en materia administrativa. (CPC, 117) Por ejemplo juez superior ordena a juez inferior el cobro de costas a la parte que perdió el proceso.
Circulares
Circular. Orden o conjunto de instrucciones reglamentarias, aclaratorias o recordativas que sobre una materia envía la autoridad a sus subordinados
[1] Caso de Corte. Proceso de levantamiento del fuero para que la persona que ocupó cargo publico de decisión sea procesado por tribunales superiores. El Fuero (del latin “forum”, tribunal) es un conjunto de privilegios otorgados a ciertos cargos públicos, por lo que la persona que ocupa dicho cargo no es procesado por tribunales inferiores.
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