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Fraudes en materia de partos

Los fraudes en materia de partos son la ocultación del embarazo, la suposición y la sustitución.

Fraudes en materia de partos

APUNTES  
JURIDICOS
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      B  Y      ERMO QUISBERT

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El parto.
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Los fraudes en materia de partos son la ocultación del embarazo, la suposición y la sustitución.

CULTACIÓN DEL EMBARAZO. Por razones de castigo social se oculta el embarazo. Pero en materia de Derecho eso no es importante, sino que esta figura se da por razones materiales, por razones patrimoniales. Se desea excluir al nacido de alguna herencia y entrar solo ella la madre.

SUPOSICIÓN. Simula el embarazo para obligar al matrimonio o viuda que no quiere que los padres del causante entren como herederos y quedarse ella sola con todo.

SUSTITUCIÓN- Puede darse cuando el nacido es y existe una donación si y solo si nace un varón por lo que la lleva al cambio de un recién nacido por otro varón. Es raro, pero no imposible.

La paternidad se puede denegar con las siguientes pruebas: INSTRUMENTAL o DOCUMENTAL (facturas, fotos, son las mas importantes), TESTIFICAL (actualmente ya no son contundentes), PERICIAL (investigación sanguínea, genéticas. Son indicios. Las sanguíneas solo excluyen quien es el padre, no definen quien es el padre. Las genéticas son las más importantes para denegar la paternidad, estas define quien es el padre).

Cómo citar este APUNTEJURIDICO®:

QUISBERT, E., "Fraudes en materia de partos", 2011, http://jorgemachicado.blogspot.com/2011/03/frpa.html Consulta: