UNICAMERAL

Sistema de organización del estado en el Poder Legislativo se ejerce en una sola cámara, llamada de Diputados o de Representantes.

Véase: Bicameral.

BICAMERAL

En los Estados de Derecho, contrariamente a lo en los regímenes dictatoriales, autocráticos o totalitarios o, o simplemente, de facto, la sanción de las leyes está atribuida al Poder Legislativo, pero ese Poder no en todos los Estados presenta la misma organización. Hay países que han adoptado el sistema unicameral. Otros, inversamente, han optado, por el sistema bicameral, integrado por la Cámara de Senadores y por la Cámara de Diputados o Representantes.

Las ventajas y los inconvenientes de uno y otro sistema han sido muy discutidos en la doctrina, pero ha prevalecido en la mayoría de la Constituciones la  bicameralidad, por estimarse que el Senado, o Cámara Alta, sirve de contrapeso al mayor impulso de la Cámara de Diputados.

¿Que es la unidad jurisdiccional?

¿Que es la Unidad jurisdiccional?

La unidad jurisdiccional tiene tres acepciones, que no siempre se tienen presentes, por su parecido:

  • Monopolio en la aplicación del Derecho: sólo los órganos judiciales pueden aplicar las normas jurídicas a los litigios concretos; y además, sólo pueden cumplir esta función y ninguna otra.
  • Resolución plena del asunto confiado a su competencia, sin que puedan separarse elementos de la litis (incidentes, cuestiones previas o prejudiciales, por ejemplo) para confiarlos a otro centro decisorio distinto.
  • Inexistencia de especies de delito o personas cualificadas sustraíbles a su jurisdicción.