Persona es aquel ser o ente, a quien el ordenamiento jurídico le reconoce volun-tad para ser titular de derechos subjetivos y de deberes .
Concepto De Persona En Derecho
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B Y ERMO QUISBERT
QUISBERT, Ermo, La Persona, La Paz, Bolivia: CED® Centro de Estudios de
Derecho, 2010. Art ©
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Etimológicamente persona deriva del latín ‘personae’ ó
‘personare’, descompuesta en 2 términos ‘per’, y ‘sonare’, cosa de resuena, y
‘per’ la partícula que refuerza el significado. ‘Personare’, prosopón’,
‘phersu’ indica la máscara o careta del actor con finalidad de aumentar el
sonido, pero también para significar el carácter o representación por la cual
se actúa. ‘Personae’ era una máscara que utilizaban los actores en el teatro
griego y romano al desempeñar un papel. La palabra designaba, en el sentido
propio, la mascara de la cual se servían en escena los actores romanos dando
amplitud a su voz (personare) y también mostrar un actitud trágica o jocosa,
según el papel que les tocara representar en escena. De aquí se empleo en sentido
figurado para expresar el papel que el individuo pueda representar en la sociedad
(Petit, Eugène,
Tratado
Elemental De Derecho Romano, Buenos Aires, Argentina: Universidad, 3ª,
2006, pagina 89; Argüello, Luís Rodolfo,
Manual de Derecho Romano, Buenos Aires, Argentina: Astrea, 7ª, 2000,
pagina 139).
Con el transcurso del tiempo ‘personae’ se refería ya al
rol, ya no a la máscara. Y con el devenir del tiempo incluso el significado de
rol se perdió, actualmente con persona ya nos referimos al ser humano. Y por
esa figura del lenguaje y de la vida real se considera que cada ser humano
cumple un rol en la vida.
En la antigüedad la persona no tuvo gran valor, porque el
mismo sólo le venía otorgado por su adscripción al grupo (gens, polís, fratría,
oikós). Fue el estoicismo quien difundió el concepto de persona como un valor,
que, con la extensión de la ciudadanía romana a todos los habitantes del
Imperio, sería recogido por el cristianismo, concibiendo a la persona como
‘rationalis naturae individua substantia’.
Definiciones de persona en Derecho
Persona es aquel ser que tiene aptitud para intervenir en
una relación jurídica como actor o pretensor o como sujeto obligado (escuela
francesa).
Persona es aquel ser o ente, a quien el ordenamiento
jurídico le reconoce voluntad para ser titular de derechos subjetivos y de
deberes (escuela alemana). Persona es todo ser o ente de derechos y deberes.
Persona y sujeto de derecho. Personalidad y capacidad
Persona es aquel ser o ente con voluntad que tiene derechos
y deberes fruto de sus relación con sus semejantes. Personalidad es la
aptitud legal de una persona para ser titular de esos derechos y deberes. La
personalidad es una cualidad jurídica, es una condición para ser titular de
esos derechos y deberes. La personalidad es esa cualidad, es esa aptitud que le
otorga el ordenamiento jurídico a la persona.