El Trabajo

El trabajo es el despliegue de energías físicas e intelectuales puesto a disposición de la producción para la obtención de bie-nes para la satisfacción de las necesidades humanas.

El Trabajo

  • Etimología
  • Concepto
  • El Trabajo y el Liberalismo
  • El Trabajo Como Mercancía
  • El trabajo en el Socialismo
    • Engels: El Hombre Como Resultado Del Trabajo
    • El Proceso De Hominización
    • Evolución del nomadismo al sedentarismo
    • Lewis Henry Morgan y la evolución cultural del hombre
  • El trabajo en la doctrina cristiana
    • El trabajo como necesidad vital
    • El trabajo como servicio
    • El Trabajo como un deber y un derecho
  • Clases de trabajo
    • Trabajo subordinado y dependiente
    • Trabajo asalariado
    • Trabajo independiente y/o autónomo
    • Trabajo temporal y eventual
    • Trabajo intermitente
    • Trabajo nocturno
    • Trabajo peligroso
    • Trabajo por equipos
  • Significado del trabajo

      B  Y      JORGE MACHICADO

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MACHICADO, Jorge, El Trabajo, Sucre, Bolivia: USFX® Universidad San Francisco Xavier, 2010
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Para unos etimológicamente [1] la palabra ‘trabajo’ deriva del latín “trabis”, ‘obstáculo’, para otros deriva de “travagliare”, ‘valla’ y para algunos deriva de “tripaluim”, ‘aparato para sujetar a las caballerías’ y para los más de “tripalium”, ‘instrumento de tortura’. Trabajo quiere decir “estar sometido al tripalium”. El término soporta la pesada carga semántica propia de una raíz etimológica íntimamente asociada a la idea de tortura o esfuerzo penoso realizado por imposición externa.

Pero en la Grecia clásica no cabía posibilidad de confusión entre las diversas categorías de significados asociadas al trabajo.

Las diferencias conceptuales estaban perfectamente delimitadas en el idioma:

  • Érgon, designaba la dimensión estrictamente física del trabajo;
  • Poiema, que define la obra o creación producida por el intelecto, y sólo.
  • Ponos, denotaba las características de penosidad asociada al esfuerzo. (PÉREZ, José Antonio, Diccionario del Paro y otras miserias de la Globalización, Madrid: Debate, 2002, pagina 297).

Clases de trabajo

Las clases de trabajo son: trabajo subordinado y dependiente, asalariado, independiente y/o autónomo, temporal y eventual, intermitente, nocturno, peligrosoy trabajo por equipos. Ver mas en la Web o en su PC.

Significado del trabajo

¿Porqué y para qué trabajamos? Respuesta: Se trabaja para cubrir nuestras necesidades de alimentación, vestimenta, techo, educación y diversión.

El trabajar significa, según Teoría De La Necesidad: A mayor esfuerzo (por ejemplo tener estudios universitarios, obtener una maestría, un doctorado) mayor ventaja para cubrir nuestras necesidades, proceso tal que un futuro se traducirá en realizar un menor esfuerzo con una mayor retribución económica (por ejemplo, para obtener 400 Bs. un obrero trabajará mínimo 2 días, lo que no sucede con un profesional de alguna rama que puede obtener los 400 Bs., en horas).
____________________
[1] Etimología. La palabra deriva de etimos, que significa: ‘de donde proviene’.

Cómo citar este APUNTEJURIDICO®:

MACHICADO, Jorge, "El Trabajo", http://jorgemachicado.blogspot.com/2010/01/et.html Consulta:

¿Que es el Debido Proceso Penal?

El Debido proceso penal es el conjunto de etapas formales secuenciadas e im-prescindibles realizadas dentro un proceso penal por los sujetos procesales cumpliendo los requisitos prescritos en la Constitución con el objetivo de que: los derechos subjetivos de la parte denunciada, acusada, imputada, procesada y, eventualmente, sentenciada no corran el riesgo de ser desconocidos; y también obtener de los órganos judiciales un proceso justo, pronto y transparente.

¿Que es el Debido Proceso penal?

  • Etimología y Origen
  • Contenido
  • Caracteres
  • Noción
  • Fin e importancia

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      B  Y      J. MACHICADO


MACHICADO, Jorge, El Debido Proceso penal, La Paz, Bolivia: AJ®Apuntes Juridicos, 2010.
Ver en Web | PC

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Describiremos el Debido Proceso Penal, no estudiaremos el debido proceso administrativo, o el debido proceso laboral u otros debidos procesos. Describiremos la normatividad garantizadora del debido proceso que está establecida en la Constitución política.

Tampoco estudiaremos el derecho al debido proceso. No estudiaremos la facultad que concede las leyes a una persona, sino estudiaremos la naturaleza y el contenido del Debido Proceso Penal. Es decir, trataremos de responder a la pregunta de: ¿Qué es el Debido Proceso Penal?

Trataremos de acercarnos solo con una noción. No conceptualizaremos, ni vamos definir, eso es para los peritos.

Etimología y Origen

El término Debido Proceso Penal procede del Derecho anglosajón, en el cual se usa la expresión due process of law que en una traducción interpretativa significaría: debido proceso legal.

Algunos autores dicen que el Debido Proceso Penal tiene origen en la Magna Carta de 15 de junio de 1215 emitido por el rey Juan sin Tierra de Inglaterra. Dicen que el origen esta en la cláusula 39 [1] de dicha Carta:

LATIN
39. Nullus liber homo capiatur, vel imprisonetur, aut disseisiatur, aut utlagetur, aut exuletur, aut aliquo modo destruatur, nec super eum ibimus, nec super eum mittemus, nisi per legale judicium parium suorum vel per legem terre.”


ENGLISH
39. No free man shall be seized or imprisoned, or stripped of his rights or possessions, or outlawed or exiled, or deprived of his standing in any other way, nor will we proceed with force against him, or send others to do so, except by the lawful judgement of his equals or by the law of the land.”


CASTELLANO
39. Ningún hombre libre podrá ser detenido o encarcelado o privado de sus derechos o de sus bienes, ni puesto fuera de la ley ni desterrado o privado de su rango de cualquier otra forma, ni usaremos de la fuerza contra él ni enviaremos a otros que lo hagan, sino en virtud de sentencia judicial de sus pares o por ley del reino.”

El origen del Debido Proceso Penal no está en la cláusula 39. Ésta cláusula plasma el Principio de legalidad jurisdiccional [2] que es solo una de las clases del Principio de legalidad [3].

Los orígenes del Debido Proceso Penal están en la práctica forense en los siglos XVI a XVIII en base al derecho romano; en la codificación del procedimentalismo luego de la Revolución Francesa (1789); en el procesalismo alemán con el uso del método casuístico en su intento de hallar reglas comunes del proceso y en la jurisprudencia precedente del conmon law inglés.

Contenido

El contenido del debido proceso está en la Constitución y en los Tratados internacionales.

Proceso Electoral boliviano

Entendemos por proceso electoral al conjunto de procedimientos regulados por la Constitución y la ley electoral guiado por el principio de preclusión y de definitividad realizados por las autoridades, los partidos políticos y los ciudadanos con el propósito de renovar periódicamente a los integrantes de los poderes del Estado.

Proceso Electoral boliviano

By Jorge Machicado

PROCESO 
ELECTORAL BOLIVIANO
MACHICADO, Jorge, Proceso Electoral Boliviano, La Paz, Bolivia: UMSA-Derecho, 2010.
© Universoidad Mayor de San Andres- Carrera de Derecho™ Derechos Reservados.
El Proceso Electoral Boliviano para las elecciones generales de autoridades naciones tiene 65 pasos expresado en actos y procedimientos llevados por los ciudadanos y las autoridades del órga-no electoral, desde el presidente de dicho órgano hasta los jurados electorales de las mesas de vota-ción elegidos entre los ciudadanos

Entendemos por proceso electoral al conjunto de procedimientos regulados por la Constitución y la ley electoral guiado por el principio de preclusión y de definitividad realizados por las autoridades, los partidos políticos y los ciudadanos con el propósito de renovar periódicamente a los integrantes de los poderes del Estado.

Cada procedimiento una vez finalizada se traduce en una Resolución pasada por autoridad de cosa juzgada. La ejecución sucesiva de los procedimientos está rigurosamente determinado, la omisión o el error en la comisión de alguna de ellas supone la invalidez del acto, aunque no su anulación.

El Proceso Electoral Boliviano se inicia con la con la Convocatoria a Elecciones a través de la Ley Nº 4021 Régimen Electoral Transitorio de 14 abril 2009 para luego aprobar y publicar el Calendario Electoral por parte del CNE.

La Etapa preparatoria empieza con la Difusión de la Convocatoria, obtención de persona-lidad jurídica por parte de la Organizaciones de representación popular, la publicación de Ma-pas de las circunscripciones uninominales y especiales, la publicación de Codificación de Asientos Electorales, la presentación e inscripción de Listas de Candidatos, la inscripción de bolivianos en el exterior y el inicio de la Propaganda Electoral.

Una segunda fase dentro la etapa preparatoria se lleva a cabo con la aprobación de la papeleta de sufragio, el inicio de la Propaganda Electoral, designación de Jurados en Bolivia y en el exte-rior y las Excusas de los Jurados Electorales designados y termina con la publicación de la Lista de habilitados para sufragar y de ubicación de mesas electorales.

La segunda etapa del proceso electoral es la Etapa constitutiva en la tienen lugar las activi-dades decisivas del proceso electoral, a saber: 1) la manifestación de la voluntad soberana de los ciudadanos, que es el sufragio; y 2) la cuantificación y valoración de dicha voluntad por parte del Órgano Electoral, para traducirla en resultados electorales concretos, contenidos en una declara-ción formal. La secuencia procesal de la etapa constitutiva envuelve dos fases: votación y escrutinio expresadas en el acto de las Elecciones Generales, la entrega de actas de votos de Bolivia y del exterior y el cómputo departamental, de votos del exterior y el cómputo Nacional.

La tercera etapa del proceso electoral boliviano es la llamada Etapa integrativa de efica-cia en la que la voluntad del ciudadano expresada en votos requiere ser elaborada técnicamente, mediante una serie de operaciones y cálculos. En el caso boliviano se utiliza la formula D’Hondt. Esta etapa contiene la publicación de Resultados oficiales y la Entrega de Credenciales. Con este último acto termina el Proceso Electoral Boliviano.

| Comentario |

[1]Cosa juzgada. Eficacia que adquiere la Resolución que pone fin a un procedimiento electoral y que no es susceptible de impugnación, por no darse contra ella ningún recurso o por no haberse impugnado a tiempo, lo que lo convierte en firme.


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