Historia Del Derecho Del Trabajo

Las relaciones de trabajo en la Antigüedad se basan en la esclavitud , a través de la locación como la Locatio Conductio Operarum y la Locatio conductio operis.

Historia Del Derecho Del Trabajo

By Jorge Machicado

  • Antigüedad
  • Edad Media
    • Corporaciones De Oficios
    • Los Gremios
    • Los estatutos
  • Edad moderna
    • El Edicto de Turgot de 1776
    • Decretos de Allard de 1791
    • La ley Le Chapelier de 1791
    • Ley Waldack Rousseau de 1884
  • Edad Contemporánea
    • La Revolución Francesa De 1789
    • Ideología política del Liberalismo: la Igualdad.
    • Principio económico del Liberalismo: Laissez faire, laissez passer le monde va pour lui-même.
  • Principios del Liberalismo en el campo jurídico
  • La Revolución Industrial
  • Movimientos Liberadores De La Clase Trabajadora
Como Citar:

MACHICADO, Jorge, Historia del Derecho del Trabajo, Sucre, Bolivia: USFX® Universidad San Francisco Xavier, 2010, http://jorgemachicado.blogspt.com/2010/01/hdt.html
© ApoyoGrafico™ Derechos Reservados.
Las relaciones de trabajo en la Antigüedad se basan en la esclavitud [1], a través de la locación [2] como la Locatio Conductio Operarum y la Locatio conductio operis.

Locatio Conductio Operarum. O Contrato de Arrendamiento de Servicios. Contrato consensual que tiene lugar cuando una de las partes se obliga a prestar un servicio y la otra a pagarle por éste un precio en dinero. Tiene origen en la esclavitud (Roma) y consistía en el alquiler del esclavo para que realice algún servicio a otra persona que pagaba un canon al amo. En la ley civil es el Arrendamiento de Servicios, por ejemplo, los servicios de un abogado. Se refiere más al trabajo intelectual.

Locatio conductio operis. O Arrendamiento o Locación de Obras. Contrato consensual mediante el cual una de las partes es obligada a efectuar una obra determinada, por encargo de otra, y ésta a pagar un precio por ella. La locatio conductio operis tiene origen en le trabajo del artesano libre de Roma. Consistía en pagar a un artesano para que nos realice una obra o cosa. En la ley civil se convierte al Arrendamiento de Obra que realiza el artesano, el carpintero, al albañil. Se refiere más al trabajo físico y de manufactura.

Edad Media

En la Edad Media el concepto materialista del trabajo (trabajo=mercancía) es rechazado por influencia del Cristianismo. Pero existe aún la locatio conductio operarum, reglamentada por la Corporaciones de oficios y los municipios.

En las Corporaciones de oficios el trabajo estaba jerarquizado: maestro, compañero, aprendiz. Se reglamenta las relaciones laborales para proteger al maestro. Hay descanso dominical por razones religiosas. No hay trabajo en domicilio para no crear competencia. Se fijan las tasas de salarios para que los compañeros no pidan aumento.

Al final de la Edad Media las Ligas de Compañeros ya tenían problemas las Corporaciones de oficios, particularmente con sus maestros: Esto anuncia un nuevo amanecer: otro sistema de relaciones de producción.

Servidumbre . Institución del medioevo que consistía en el trabajo agrícola del siervo para el señor feudal sin ninguna retribución económica.

Corporaciones De Oficios

Corporaciones De Oficios. Son sucesoras de los colegios romanos y las guildas [3] germánicas. Las Corporaciones De Oficios son asociaciones laborales que agrupaban a los maestros de los talleres corporativos que establecían en los Estatutos normas reguladoras de: las relaciones de trabajo, los precios de venta de los productos manufacturados, la calidad de los productos, la perfección de los productos elaborado y, las sanciones con respecto al fraude, a la especulación, y los conflictos de trabajo con el fin se asegurar el monopolio del oficio . Florecieron en la Edad Media

Las Corporaciones De Oficios van formándose a partir del siglo XII, en Italia, Francia y España con organización propia, de actividad común, de hondo sentimiento religioso y jerarquizado por escala gremial, que partía del aprendiz (discipuli) , ascendía por el oficial o compañero y concluía por el maestro (magistri) : el peldaño superior en lo técnico y en ese proceso laboral.

Estas Corporaciones De Oficios se establecieron alrededor del castillo feudal o en los arrabales de las ciudades para realizar actividades artesanales. En su apogeo tuvieron gran influencia política y social. Prolongaron su existencia hasta fines del siglo XVIII.

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[1] Esclavitud. Institución jurídica que coloca al ser humano en calidad de cosa, en cuanto le niega personalidad jurídica y lo considera susceptible de apropiación. Personalidad. Aptitud legal de un sujeto para ser titular derechos y deberes. La personalidad es una cualidad jurídica, es una condición para ser titular de derechos que le otorga el ordenamiento jurídico a la persona. Persona. Aquel ser o ente con voluntad que tiene derechos y deberes fruto de sus relación con sus semejantes.

[2] Locacion. (Locatio Conductio o Arrendamiento) Contrato por medio del cual una persona, locador (locutor), se obliga a entregar a otra llamada locatario (conductor), el uso disfrute de una cosa determinada, o la prestación de ciertos servicios, mediante el pago de un precio denominado generalmente alquiler (merces). Mas...

[3] Guildas. Organizaciones medievales germanas de comerciantes y de artesanos asociados con otros de la misma profesión u oficio para protegerse recíprocamente del maestro.

Había tres clases de guildas:

  1. de artesanos,
  2. religiosas o sociales y
  3. las guildas de los mercaderes, estos últimos para el aseguramiento del mercado, monopolio de la producción y venta de mercancías.
Las Guildas dan origen a las "Corporaciones de Oficios".

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Fuentes Y Principios Del Derecho Del Trabajo

Los clásicos dicen que fuente es el lugar de donde emana o fluye algo. Modernamente se acepta que fuente es el elemento que hace al Derecho del Trabajo.

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By Jorge Machicado

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MACHICADO, Jorge, Fuentes y Principios del Derecho del Trabajo, Sucre, Bolivia: USFX® Universidad San Francisco Xavier, 2010, http://jorgemachicado.blogspt.com/2010/01/fdt.html
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Las Fuentes De Derecho Interno son:

Las Fuetes De Origen Estatal

son:
  1. La Constitución Política del Estado,
  2. La Ley (Órgano Legislativo).
  3. Reglamentos, Decretos Supremos, Resoluciones Supremas, Resoluciones Ministeriales, Circulares (Órgano Ejecutivo).
  4. Las Sentencias arbítrales en conflictos colectivos e interindividuales de trabajo (Órgano Judicial).
Las Fuentes De Origen Profesional son:
  1. Convenio Colectivo De Condiciones De Trabajo.
  2. Contratos Individuales De Trabajo.
  3. Reglamento Interno Del Taller.
  4. Usos Y Costumbres Industriales.
  5. La Doctrina Jus Laboralista.

Fuentes De Derecho Internacional

  1. Tratados bilaterales sobre el tratamiento de trabajadores emigrantes.
  2. Recomendaciones y Convenios de la OIT.

Principios Del Derecho Del Trabajo

Carácter Protector Del Derecho Del Trabajo. La finalidad objetiva es proteger al económicamente débil, por lo cual siempre sdebe seguirse los principios del derecho del trabajo:

  1. Principio pro operario,
  2. Principio de norma más favorable,
  3. Condición más bene­ficiosa,
  4. Irrenunciabilidad de los dere­chos.
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Relaciones del Derecho del Trabajo

Unos dicen que las relaciones sólo tienden a describir la apariencia del Derecho, no nos llevan al fondo. Para otros son imprescindibles, permiten resaltar su personalidad.

Relaciones del Derecho del Trabajo

By Jorge Machicado

Como Citar:

MACHICADO, Jorge, Relaciones del Derecho del Trabajo, Sucre, Bolivia: USFX® Universidad San Francisco Xavier, 2010, http://jorgemachicado.blogspt.com/2010/01/rdt.html
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El Derecho Constitucional es base del Derecho Del Trabajo. Ya desde 1826 se consagran derechos en la Constitución [1] , garantizando la libertad de trabajo, comercio, industria y otros, aunque sólo como derechos políticos.

Con El Derecho Administrativo

Reglamenta el Derecho del Trabajo, con instituciones como:

  • El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.
  • La Dirección General del Trabajo.
  • El Inspector General del Trabajo.
  • Institutos de Previsión Social.
  • Protección Laboral.
  • Sanciones por infracciones al Régimen Laboral.

Con EL Derecho Penal

El Derecho Penal desarrolla un Régimen Disciplinario que sanciona con penas pecuniarias al infractor y también existen figuras delictivas, como ser el sabotaje [2] y el atentado contra la libertad de trabajo [3] que son tratadas por el Derecho Penal.

Con El Derecho Procesal

Se relaciona con este a través del Código Procesal Del Trabajo. Además si este tiene lagunas jurídicas se utilizara supletoriamente Código De Procedimiento Civil o Penal.

Con El Derecho Internacional

Promueve la creación de un Derecho Internacional de Trabajo a través de recomendaciones y convenios [4] de la Organización Internacional del Trabajo.

También se relaciona con el Derecho Internacional Privado cuando se trata de contratos de trabajo realizados en un país y ejecutados en otro.

Con El Derecho Civil

El Arrendamiento de Servicios [5] da origen al moderno Contrato de Trabajo [6] , es por eso que los requisitos, las rescisiones, etc., se rigen casi enteramente por el Derecho Civil; se relaciona por la responsabilidad de infortunios laborales, los problemas relacionados con las personas jurídicas, las cuestiones sucesorias, etc.

Con El Derecho Comercial

El preaviso [7] , la indemnización [8] , derivan del Derecho Comercial. Además la empresa es la base natural de este Derecho y es donde se da la relación jurídica laboral.

Con La Sociología

Nos muestra los diversos modos de producción históricas, pone al descubierto el trabajo humano, los instrumentos de trabajo ya que la Sociología es la ciencia que estudia las formas históricas de organización social y las relaciones sociales.

Con La Economía Política

Esta ciencia también estudia el salario, la empresa, la mano de obra, la propiedad de los medios de producción por que es una Ciencia que estudia la creación y distribución de la riqueza.

La Política Laboral

La Política Laboral desarrolla medios de protección en caso de accidentes de trabajo (Medicina Laboral), de impactos psicológicos de desplazamiento laboral, que la introducción de la computadora produjo (Psicología del trabajo) y repercusiones en los trabajadores del choque con la técnica [9] y la tecnología [10].

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[1] Primera Constitución política de Bolivia 19 noviembre 1826 Artículo 155.- Ningún género de trabajo, industria o comercio, puede ser prohibido; a no ser que se oponga a las costumbres públicas, a la seguridad, y a la salubridad de los bolivianos. Véase en: http://jorgemachicado.blogspot.com/2008/12/primera-constitucion-pol tica-de-bolivia.html

[2] Código Penal Ley 1768 10 marzo 1997. Articulo 232.- Sabotaje. El que con el fin de impedir o entorpecer el desarrollo normal del trabajo o de la producción, invadiere u ocupare establecimientos industriales, agrícolas o mineros, o causare daños en las máquinas, provisiones, aparatos o instrumentos en ellos existentes, será sancionado con privación de libertad de uno a ocho años.Concordancias CP 234 -358.

[3] Código Penal Ley 1768 10 marzo 1997. Articulo 303.- Atentados contra la libertad de trabajo. El que impidiere, obstaculizare o restringiere la libertad de trabajo, profesión u oficio, comercio o industria, incurrirá en reclusión de uno a tres años. Concordancias CP 305 -306 - 362 - 363.

[4] Recomendación. Resolución que adopta una Con-ferencia de la ONU sobre cuestiones de suma importancia para el ser humano y que son de su competencia, el cual se considera necesario y oportuno para orientar, no obligar, la acción legislativa en el plano nacional. Convenios. Resoluciones que adopta la Conferencia de la Organización Internacional del Trabajo sobre cuestiones relativas al trabajo y que son de su competencia y sobre la cual se considera necesaria y oportuna ligar a los Estados en obligaciones comunes.

[5] Contrato de Arrendamiento de Servicio o Locatio Conductio Operarum.. Contrato consensual que tiene lugar cuando una de las partes se obliga a prestar un servicio y la otra a pagarle por éste un precio en dinero. Una persona se obliga a prestar determinados servicios a otra mediante retribución de dinero, es decir se paga por el trabajo y no por la obra misma. Sus antecedentes están en la esclavitud (Roma) y consistía en el alquiler del esclavo para que realice algún servicio a otra persona que pagaba un canon al amo. En la ley civil es el Arrendamiento de Servicios, por ejemplo, los servicios de un abogado. Se refiere más al trabajo intelectual.

[6] Contrato de Trabajo. Es una convención por el cual una persona llamada trabajador (obrero y empleado) se obliga a poner su actividad profesional al servicio de otra persona llamada empleador, y a trabajar bajo la subordinación y dependencia de este, mediando una remuneración denominada salario.

[7] Preaviso. Comunicación que hace el trabajador o el patrón para romper la relación laboral o rescindir un contrato de trabajo, a fin de que el empleador pueda buscar otro reemplazante o el trabajador pueda ir buscando otro empleo

[8] Indemnización. Derecho de orden público que se traduce en una compensación económica al trabajador por el desgaste físico e intelectual que realizó a favor del empleador durante la ejecución de sus labores. La indemnización, el desahucio, las primas, los aguinaldos, las proporciones (en mitad del año) son especies del género Beneficios Sociales.

[9] Técnica. Es la estructura del la investigación científica. (Tecla J., Alfredo,Garza R., Alberto, Teoría, Métodos Y Técnicas En La Investigación Social, sle, Cultura Popular, sfe, pagina 36) Ahora bien, pero ¿que es la investigación científica? La investigación científica es la actividad metódica productora de ideas que se funda sobre el conocimiento anterior, y en particular sobre las conjeturas mejor confirmadas y que procede acorde a técnicas que han resultado eficaces en el pasado. (Bunge, Mario, La Ciencia Su Método Y Su Filosofía, Quito, Ecuador, Gato negro, sfe, paginas 8, 32, 33)

[10] Tecnología. (del griego tecné, 'arte' u 'oficio', y logos, 'conocimiento' o 'ciencia'). Aplicación de la ciencia al mejoramiento de nuestro medio natural y artificial, a la invención y la manufactura de bienes materiales y culturales. (Bunge, Mario, La Ciencia Su Método Y Su Filosofía, Quito, Ecuador, Gato negro, sfe, pagina 8).

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