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BICAMERAL

En los Estados de Derecho, contrariamente a lo en los regímenes dictatoriales, autocráticos o totalitarios o, o simplemente, de facto, la sanción de las leyes está atribuida al Poder Legislativo, pero ese Poder no en todos los Estados presenta la misma organización. Hay países que han adoptado el sistema unicameral. Otros, inversamente, han optado, por el sistema bicameral, integrado por la Cámara de Senadores y por la Cámara de Diputados o Representantes.

Las ventajas y los inconvenientes de uno y otro sistema han sido muy discutidos en la doctrina, pero ha prevalecido en la mayoría de la Constituciones la  bicameralidad, por estimarse que el Senado, o Cámara Alta, sirve de contrapeso al mayor impulso de la Cámara de Diputados.