Proceso Histórico De La Seguridad Social
B Y J. REVILLA
UD. está aquí: Derecho de la Seguridad Social > Proceso HistóricoJanus (or Ianus) is the god of gates, doors, doorways, beginnings and endings. Art © AG®All rights reserved. |
EVOLUCIÓN DE LOS SISTEMAS PROVISIONALES
Modernamente la Evolución De Los Sistemas Previsionales se ha dividido en dos grandes períodos:
- Época pre-técnica, caracterizada por la ausencia de principios, de bases actuariales y matemáticas, y la
- Epoca técnica, donde surgen las sociedades anónimas, con bases científicas y se fundan los institutos y cajas de seguros sociales.
La evolución va desde las rudimentarias manifestaciones como las Mutualidades, en las cuales el trabajador busca dividir los gastos emergentes de la realización de un hecho natural: nacimiento, enfermedad, muerte, etc. a través de la constitución de un fondo económico común.
Luego sigue el Seguro Privado, en el que la noción de “aporte”, “equilibrio económico” e “indemnizaciones”, está ya perfilada.
Pasa a los Seguros sociales, en los que el factor lucro, que había caracterizado a los seguros privados, desaparece. En los Seguros sociales toda persona presta servicios a otra-
Llega la Seguridad Social, donde sin individualizarse a los beneficiarios ni a los responsables del siniestro, la sociedad responde por todos los riesgos de la vida humana.
LAS MUTUALIDADES
La mutualidad es un régimen de prestaciones mutuas que sirve de base a determinadas asociaciones en la cual varias personas, unidas por intereses comunes, los atiendan mediante las aportaciones económicas o en especie que hacen para cubrir los riesgos o necesidades que afectan a todos ellos.Entre las mutualidades tenemos:
- Collegia romanos
- La Gilda
- La Cofradía gremial
- Las Hermandades y Montepíos
- Cajas de Comunidad
EL SEGURO PRIVADO
El Seguro Privado es un Contrato por el que alguien se obliga mediante el cobro de una prima a indemnizar el daño producido a otra persona, o a satisfacerle un capital, una renta u otras prestaciones convenidas.
Mas en ... la Web o en su ordenador
EL SEGURO SOCIAL
El Seguro Sociales el conjunto de disposiciones legales de carácter asistencial que inspirándose mas o menos en la Institución Del Seguro Privado han sido dictadas para procurar a los trabajadores económicamente débiles y a sus familiares una protección, una seguridad contra trastornos que suponen la perdida o la disminución de la capacidad laboral por el aumento de sus necesidades debido a vicisitudes de la vida humana.
Mas... en la Web o en su ordenador
SEGURIDAD SOCIAL
Carta del Atlántico, 14 de agosto de 1941. Declaración conjunta suscrita el 14 de agosto de 1941, a bordo del acorazado Prince of Wales, «mientras navegaba en algún punto del Atlántico». Fue llevada a cabo por Franklin Delano Roosevelt y Winston Churchill, en representación de los Estados Unidos y Gran Bretaña. En ella se manifiesta haber juzgado conveniente «hacer conocer ciertos principios comunes en la política nacional de sus respectivos países, en los cuales descansan sus esperanzas de lograr un porvenir mejor para el mundo». Ver texto completo. Art © AG®All rights reserved. |
La Carta del Atlántico (Malta, 14 agosto 1941) de Roosevelt, Churchil y Stalin, como instrumento internacional coaccionó a todos los países a revisar y modificar sus cuerpos legales inherentes a la protección del trabajador y de la persona en general, con sus enunciados de “prosperidad económica y seguridad social”.
Aunque el término de “seguridad social”, ya había sido enunciado en la legislación norteamericana (1935) y las leyes de Nueva Zelanda (1938).
América da un paso fundamental, en esta materia, con la realización de la Primera Conferencia Interamericana de Seguridad Social en 1942, de cuyo seno surge la Declaración de Santiago de Chile, donde se enuncian varios principios.
El Plan Beveridge (“partera de la Seguridad Social”) de la legislación inglesa, que en base a este informe, introdujo la disciplina de la Seguridad Social, a través de los subsidios familiares, seguro nacional, accidentes de trabajo, servicio sanitario y asistencia nacional. La Seguridad Social ingles protege a las personas que habitan su territorio, sin relacionar con el trabajo.
Beveridge había fundamentado todo su trabajo en la inmunidad contra los cinco males gigantes que sufre la sociedad: “la indigencia, las enfermedades, la ignorancia, la suciedad y la ociosidad”.
Photo © UN®All rights reserved. |
En el campo internacional, la Declaración Universal de los Derechos del Hombre (Filadelfia, 10 mayo 1944), que consigna enunciados específicos.
Los Estados al concluir la 2GM suscriben la Declaración Universal de Derechos Humanos (10 diciembre 1948) de la Asamblea General de las Naciones Unidas (Resolución 217 A III) y empiezan a seguir los principios de la misma en sus textos constitucionales:
“Artículo 22 .—— Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la Seguridad Social y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad”.
Pueden leerse, además, los arts. 24, 25 y 26, que también se relacionan con el desarrollo de la política de Seguridad Social.
“Artículo 24 .— Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas. ”
“Artículo 25 .— 1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social. ”.
“Artículo 26 .— 1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos. ”.
El Código Internacional del Trabajo constituye el instrumento sistematizado y orgánico para el conocimiento integral de la política de Seguridad Social en el ámbito mundial.
En Bolivia la Constitución política del Estado dice:
“Artículo 45. I. Todas las bolivianas y los bolivianos tienen derecho a acceder a la seguridad social .
II. La seguridad social se presta bajo los principios de universalidad, integralidad, equidad, solidaridad, unidad de gestión, economía, oportunidad, interculturalidad y eficacia. Su dirección y administración corresponde al Estado, con control y participación social.
III. El régimen de seguridad social cubre atención por enfermedad, epidemias y enfermedades catastróficas; maternidad y paternidad; riesgos profesionales, laborales y riesgos por labores de campo; discapacidad y necesidades especiales; desempleo y pérdida de empleo; orfandad, invalidez, viudez, vejez y muerte; vivienda, asignaciones familiares y otras previsiones sociales.
IV. El Estado garantiza el derecho a la jubilación, con carácter universal, solidario y equitativo.
V. Las mujeres tienen derecho a la maternidad segura, con una visión y práctica intercultural; gozarán de especial asistencia y protección del Estado durante el embarazo, parto y en los periodos prenatal y posnatal.
VI. Los servicios de seguridad social pública no podrán ser privatizados ni concesionados.
Artículo 48. I. Las disposiciones sociales y laborales son de cumplimiento obligatorio.
IV. Los salarios o sueldos devengados, derechos laborales, beneficios sociales y aportes a la seguridad social no pagados tienen privilegio y preferencia sobre cualquier otra acreencia, y son inembargables e imprescriptibles.
Artículo 50. El Estado, mediante tribunales y organismos adminis trativos especializados, resolverá todos los conflictos emergentes de las relaciones laborales entre empleadores y trabajadores, incluidos los de la seguridad industrial y los de la seguridad social.
Artículo 67. II. El Estado proveerá una renta vitalicia de vejez, en el marco del sistema de seguridad social integral, de acuerdo con la ley.
Artículo 298. II. Son competencias exclusivas del nivel central del Estado: 16. Régimen de Seguridad Social. ” (Constitución política del Estado boliviano Ley 9 febrero 2009).
Concepto de la Seguridad social
La Seguridad Social es una institución compuesta de normas jurídicas, instrumentos y financiamiento estatal regulados por un ordenamiento jurídico para la protección de la salud física, psíquica, social y económica del capital humano, desde que nace hasta que muere sea extranjero o nacional.
La Seguridad social es un Régimen de protección general que cubre a todos los individuos de un Estado de aquellos riesgos que los privan de la capacidad de ganancia, cualquiera que sea su origen (desocupación, maternidad, enfermedad, invalidez y vejez, o muerte). La seguridad social protege al individuo desde su nacimiento hasta su muerte (Beveridge). Se debe diferenciar del Seguro social que es un sistema incompleto, ya que solo protege a trabajadores y solo de algunas continencias, no todas.Características
- La Institución de la Seguridad Social se aplica a nacionales y extranjeros.
- Cubre todas las contingencias (riesgos) y las necesidades (gastos).
- El financiamiento lo solventa el Estado por medio de impuestos.
- La administración es llevada a cabo por el Estado.
DIFERENCIAS ENTRE EL SEGURO SOCIAL, LA SEGURIDAD SOCIAL Y EL SEGURO PRIVADO
El Seguro Social, protege diferentes contingencias dentro de cada uno de sus seguros, pero no de manera integral, como la Seguridad Social que protege al individuo otorgando prestaciones en sus tres regímenes.
Se anotan las siguientes diferencias:
a) Cobertura o Población Protegida;- La Seguridad Social, protege a toda la población de un país (100%). Es la concreción del principio de universalidad.
- El Seguro Social, en cambio protege sólo a los asalariados y sus dependientes. Sin embargo esta distinción no es rígida. Por ej., se protege al servicio doméstico que recibe parte de su salario en especie, (México). En Brasil, ciertas labores de campesinos se hallan cubiertas por el Seguro Social.
b) Riesgos Protegidos;- La Seguridad Social, cubre todos los riesgos o contingencias, orientados al bienestar de la persona.
- El Seguro Social, cubre los riesgos establecidos en la ley, (Código de Seguridad Social), por ej., los de enfermedad, maternidad, invalidez, vejez, vale decir los riesgos biológicos.
c) Tipo de Prestación;- La Seguridad Social, otorga todas las prestaciones posibles y necesarias para enfrentar situaciones de riesgo de las personas.
- El Seguro Social, otorga sólo las prestaciones que manda la ley, (Código de Seguridad Social).
d) Financiamiento;- La Seguridad Social, se financia con el presupuesto nacional de un país.
- El Seguro Social, se financia con los aportes de los empleadores y trabajadores, calculados en base a costos y estudios demográficos y actuariales.
e) Gestión o Administración;- La Seguridad Social, está administrada por el Estado, a través del Ministerio de Salud y Seguridad Social.
- El Seguro Social, es administrado por delegación, a través de las Cajas de Salud, Cajas de Pensiones, etc.
f) Fiscalización;- La Seguridad Social, es fiscalizada por la Contraloría General de la República.
- El Seguro Social, también es fiscalizado por la Contraloría General de la República. Sin embargo en el Seguro Social, existe la fiscalización técnica referida a la planificación, asignación técnica de recursos, evaluación de primas y aportes, etc.
g) Base Legal;- La Seguridad Social, tiene como base legal en la CPE de Bolivia en los Artículos citados arriba: Artículo 45, Artículo 48 numerales I y IV, Artículo 50, Artículo 67 numeral II y Artículo 298 numeral II.
- El Seguro Social, tiene como base legal, la propia Ley, sus Reglamentos y las demás disposiciones legales conexas.
El objetivo de esta declaración, compuesta por 30 artículos, es promover y potenciar el respeto por los derechos humanos— aquellos que el hombre posee por el mero hecho de serlo— y las libertades fundamentales. Mas... en la Web o en su ordenador.
____________________
Declaración Universal De Derechos Humanos. El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó en su resolución 217 A (III), la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Cómo citar este APUNTEJURIDICO®:
- REVILLA, J., "Proceso Histórico De La Seguridad Social", 2010, http://jorgemachicado.blogspot.com/2010/08/phss.html Consulta: