En los Estados modernos tanto la administración como la jurisdicción se encuentran reguladas por una normativa, y cabe distinguir ambas funciones.
Funciones del Estado
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FUNCIONES DEL ESTADO. En los Estados modernos tanto la administración como la jurisdicción se encuentran reguladas por una normativa, y cabe distinguir ambas funciones en razón de lo siguiente: al ejercitar la función de juzgar, el Estado persigue la realización de los derechos controvertidos [7] o inciertos; al ejercitar la vía administrativa, tiende a realizar intereses públicos [8] generales.
Además de estas dos funciones estatales —jurisdiccional y administrativa— existen: la función legislativa y la función gubernativa.
¿Cuál es la diferencia entre la función administrativa y la función gubernativa? En la función gubernativa las decisiones tomadas, además de ser administrativas y perseguir la satisfacción de interés publico, buscan que sean eficaces y eficientes, es decir las decisiones tienen contenido político.
FUNCIÓN LEGISLATIVA
Se traduce en la dictación de normas generales, abstractas e impersonales.
FUNCIÓN JURISDICCIONAL
Se caracteriza por la aplicación de las leyes mediante pronunciamientos—sentencias—que tienen fuerza de verdad legal. Los encargados son los tribunales de justicia y el Tribunal Constitucional. El objeto de esta función es dirimir controversias.
FUNCIÓN ADMINISTRATIVA
La función administrativa es la actividad que consiste en ejecutar, dirigir y servir, aplicando medios útiles para el logro de los fines propuestos.
Para unos cumple esta función, sólo el organo Ejecutivo, para otros también lo cumplen los otros organos, en mayor o menor grado, por ejemplo el organo Legislativo con la aprobación del presupuesto nacional para cada año, o el órgano Judicial a través de los Autos Supremos.
FUNCIÓN GUBERNATIVA
Es la alta dirección administrativa y política que hace marchar todos los negocios del Estado para satisfacer el interés general.
¿Cuál la diferencia con la función administrativa? Las decisiones tomadas no son solamente administrativas, sino que buscan también que sean eficaces y eficientes, es decir las decisiones tienen contenido político.
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[7] Controversia. Por controversia se entienden todas aquellas cuestiones de hecho o derecho que, no pudiendo resolverse mediante procedimientos de auto-tutela, auto composición, declinatoria o inhibitoria, reclaman el pronunciamiento de órganos del Estado.
[8] Interés Público. Resultado de un conjunto de intereses individuales compartidos y coincidentes de un grupo mayoritario de individuos que se asigna a toda la comunidad como consecuencia de esa mayoría, que aparece con un contenido concreto, determinable, actual, eventual o potencial, personal y directo de ellos, que pueden reconocer en el, su propio querer y su propia valoración, prevaleciendo sobre los intereses individuales que se le opongan o lo afecten, a los que desplaza sin aniquilarlos.
Cómo citar este APUNTEJURIDICO®:
MACHICADO, Jorge,"Funciones del Estado", Apuntes Juridicos™, 2013 http://jorgemachicado.blogspot.com/2013/07/fde.html Consulta:
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