Procedimientos Voluntarios

El Procedimiento Voluntario es un conjunto de actos sucesivos que realiza una persona para pedir al juez la legalización o reconocimiento de un hecho importante de la vida civil.

Procedimientos Voluntarios

      B  Y      J. MACHICADO

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Un Procedimiento Voluntario es un conjunto de actos sucesivos que realiza una persona para pedir al juez la legalización o reconocimiento de un hecho importante de la vida civil (CPC, 639 , 711).

En los procedimientos no hay dos partes como en los procesos. En los procedimientos no hay contención, es por eso que se los saca de la enumeración de los procesos civiles.

Son Procedimientos Voluntarios:

1. Declaratoria de heredero,

2. La renuncia la herencia y la aceptación con beneficio de inventario

3. Apertura, comprobación y protocolizacion de testamento

4. Los inventarios

5. División de la herencia y otros bienes comunes

6. La mensura y deslinde

7. La rendición de cuentas

8. La declaratoria de ausencia y presunción de muerte

9. Los bienes vacantes y mostrencos

10. La oferta de pago y consignación

11. Inscripción de Partida de Nacimiento

En los procedimientos voluntarios se pide al juez la legalización o autorización de un hecho de la vida real, no hay nadie que se oponga a este pedido. Verbigracia: Inscripción –sea judicial o no—de Partida de Nacimiento en los Registros Públicos, Declaratoria de Herederos, etc.

No existen Procesos Voluntarios, el código civil boliviano simplemente los denomina Procedimientos Voluntarios (CPC, 639, 711) y lo denomina así porque no hay controversia, no hay una otra parte que alegue un derecho en contraposición al que pide.

Cómo citar este APUNTEJURIDICO®:

MACHICADO, J., "Procedimientos Voluntarios", http://jorgemachicado.blogspot.com/2010/10/ppvv.html Consulta:

Nuestra palabra


JORGE MACHICADO

La comunidad estudiantil universitaria repudia y rechaza contundentemente la intentona golpista de la extrema derecha ecuatoriana. Se opone con toda su fuerza moral al retorno de las elites favorecidas en el pasado por los Estados Unidos de América.

Exigimos que los Estados Unidos de América se pronuncie prontamente en contra esta intentona golpista ya que por omisión está apoyando el menoscabo y la destrucción del proceso de liberación y cambio de los pueblos de Centro y Sud América.

Exigimos que las Fuerzas Armadas del Ecuador cumplan con lo que manda la Constitución Política respetando y haciendo respetar las leyes y a la autoridad: liberando sano y salvo al Presidente Constitucional del Ecuador Dr. Rafael Correa del secuestro al que está siendo sometido en el Hospital Metropolitano de Quito.


Jorge Machicado

A las 22:38 del jueves 30/09/2010 Rafael Correa fue liberado por el ejercito.

Fuentes reales del Derecho Ecológico

Las fuentes reales de Derecho ecológico son todos aquellos fenómenos y actividades humanas que contribuyeron a la degradación ambiental.

Fuentes reales del Derecho Ecológico

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      B  Y      J. MACHICADO

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Contaminacion atmosférica
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Las fuentes reales de Derecho ecológico son todos aquellos fenómenos y actividades humanas que contribuyeron a la degradación ambiental (pérdida de la productividad biológica o económica de los elementos del medio ambiente).

Esos fenómenos y actividades son: los impactos ambientales negativos y los daños ambientales. Ambos, con la condición que sean antrópicos y que el primero sea negativo.

Ejemplos de Impacto Ambiental Negativo Antropico tenemos: la desecación de humedales para urbanizaciones, la erosión del suelo por monocultivos, los vertidos industriales de la actividad petrolera y el vertido de los residuos de la actividad minera, la tala indiscriminada de un bosque etc.

Impacto Ambiental Negativo antrópico. Es la alteración del medio ambiente provocada directa o indirectamente por un proyecto o actividad humana en un área determinada que no es viable bajo los principios del desarrollo sostenible y con certeza destruirá las interrelaciones de un ecosistema.

Decíamos que el Impacto Ambiental debe ser Negativo ya que un Impacto Ambiental es la alteración positiva o negativa del medio ambiente natural, social y/o cultural provocada directa o indirectamente por un proyecto o actividad humana en un área determinada (Ley Nº 19.300 Art. 2 inciso k Ley de Bases del Medio Ambiente chileno; Ley Nº 1333 Ley del Medio Ambiente boliviano Art. 24; D.S. Nº 24176 Reglamento a la Ley del Medio Ambiente Art. 55).

El impacto ambiental debe tender a ser mínimo. La norma jurídica ecológica debe buscar limitar el impacto.

El efecto del Impacto Ambiental Negativo antrópico es la reposición (volver una cosa al estado en que se encontraba antes), la restauración y la recuperación.

Daño ambiental antrópico. Es toda acción u omisión humana que altere, menoscabe, trastorne, degrade, disminuya materialmente o ponga en peligro inminente, o contamine algún elemento constitutivo del medio ambiente.

Su efecto es la indemnización y la compensación.

Ejemplos de algunos daños ambientales antrópicos son: el calentamiento global, el efecto invernadero, el adelgazamiento de la capa de ozono, la contaminación hídrica, atmosférica y edafológica, la deforestación, la destrucción de la biodiversidad, el monocultivo extensivo, la desertificación de los suelos.

Cómo citar este APUNTEJURIDICO®:

MACHICADO, Jorge, "Fuentes reales del Derecho Ecológico", 2010, http://jorgemachicado.blogspot.com/2010/09/frdec.html Consulta: