¿Que es una enciclica?

Una encíclica es una carta solemne que dirige el Sumo Pontífice a todos los obispos y fieles del orbe católico exponiendo la creencia y práctica de la doctrina cristiana.

¿Que es un encíclica?

  • Etimología
  • Antecedentes
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  • Origen
  • Función
  • Destinatario
  • Contenido
  • Ejemplos de encíclicas

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      B  Y      ERMO QUISBERT


Encíclica
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Etimológicamente deriva del latin “encíclica”, y este del gr.  ἐγκύκλιoς, “encyklios”, circular, que deriva de ἐγklos “kyklos”, círculo.

El término encíclica es utilizado para indicar las cartas que dirigían los príncipes y magistrados al mayor número posible de destinatarios para dar a conocer leyes, reglas, normativas, etc. El correspondiente término latino era el de "circularis", que se aplicaba a una carta o mensaje de extenso alcance.

Antecedentes

Originalmente, era una carta pastoral enviada por un obispo anglicano a finales de las conferencias de Lambeth celebradas cada 10 años; hoy la encíclica sólo se asocia a la Iglesia católica

Benedicto XIV hizo circular la primera encíclica conocida en 1740.

A diferencia de las Bulas papales, las referencias doctrinales en una encíclica no son necesariamente tomadas como infalibles.

Según la creencia católica apostólica romana, las enseñanzas de las encíclicas tienen que ser aceptadas por los fieles pero no se consideran infalibles.

Concepto

Una encíclica es una carta solemne que dirige el Sumo Pontífice a todos los obispos y fieles del orbe católico exponiendo la creencia y práctica de la doctrina cristiana.

Origen

La utilización de cartas para explicar la doctrina cristiana tiene su origen en las epístolas del Nuevo Testamento.

Función

Una encíclica sirve para informar a la iglesia entera acerca una cierta materia particular de importancia.

Destinatario

Las Encíclicas, se dirigen normalmente a todos los Obispos y fieles de la Iglesia Católica, pero con frecuencia también van dirigidas a "todas las personas de buena voluntad".

Las Epístolas Encíclicas están dirigidas a un grupo específico de Obispos, por ejemplo a los de un país o región concreta, y conciernen a materias menos importantes.

Contenido

Una encíclica papal empieza y termina con palabras de felicitación y bendición, y son conocidas por su título en latín.

Las encíclicas pueden tratar temas doctrinales, exhortar o hacer un llamamiento a los fieles a la oración pública por un motivo concreto, o también conmemorar un aniversario importante de la Iglesia.

Las firma siempre el Papa, están escritas normalmente en latín, y se publican en las "Acta Apostolicae Sedis" y en libros en distintas lenguas.

El texto oficial latino se prepara en la Secretaría de Estado. El Santo Padre firma normalmente cinco ejemplares del documento.

El texto -en varias lenguas-, se envía a las Conferencias Episcopales de todo el mundo a través de los Representantes Pontificios. Durante muchos siglos, la oficina que ha preparado estos documentos se llamaba Cancillería de las Cartas Apostólicas. La Cancillería, que nació en el siglo IV, fue suprimida por Pablo VI con el motu proprio "Quo aptius" del 27 de febrero de 1973.

Ejemplos de encíclicas

La Rerum Novarum, De Las Cosas Nuevas, de León XIII (15 may 1891), que marca el comienzo del interés de la Iglesia por los problemas sociales contemporáneos; a la que seguirán mas tarde la Quadragésima Anno, A Los Cuarenta Años de la  Rerum Novarum de Pío XI (15 mayo 1931) que ataca el corporativismo fascista; la  Mater et magistra, Madre y Maestra (de todos los pueblos...la Iglesia Universal...) de Juan XXIII (15 mayo 1961) que critica el capitalismo y el socialismo que no tienen en cuenta al hombre como personaje central del trabajo y la Laborem exercens (1981) que critica el “capitalismo salvaje”, Sollicitudo rei socialis (1987) y Centesimus annus (1991), del papa Juan Pablo II, que ofrecen ulteriores ocasiones de reflexión y de análisis de la sociedad contemporánea.

Cómo citar este APUNTEJURIDICO®:

QUISBERT, Ermo, "¿Que es un encíclica?", 2010, http://jorgemachicado.blogspot.com/2009/10/enciclica.html Consulta:

¿Que son los Derechos Humanos?

Los Derechos humanos son aquellos que el hombre posee por el mero hecho de serlo. Son inherentes a la persona y se proclaman sagrados, inalienables, imprescriptibles, fuera del alcance de cualquier poder político.

Los derechos humanos se diferencian de los derechos fundamentales por lo siguiente: los derechos fundamentales están reconocidos en las Constituciones, los derechos humanos aun no.

Los Derechos Humanos


Ioannes PP. XXIII (Angelo Giuseppe Roncalli), Sotto il Monte, 28.X.1958 – Vaticano 3.VI.1963

Emite la encíclica Mater et magistra, (Madre y Maestra—15 may 1961—de todos los pueblos...la Iglesia Universal...) de Juan XXIII en la que:

  • Enfatiza la dignidad individual como base de las instituciones sociales,
  • Incorpora los Principios de Caridad y de Igualdad en el trabajo.
  • Pide disminuir la jornada laboral
  • Pide atenuar la explotación laboral
  • Critica el capitalismo y el socialismo que no tienen en cuenta al hombre como personaje central del trabajo

Texto de la Mater et magistra

Espectáculo incomparable que supera a todo cuanto habríamos podido esperar. Dejadnos saludar con vosotros esta nueva primavera de la Santa Iglesia. Venerables Hermanos Amados hijos: Vuestra presencia tan solemne y respetuosa y, al mismo tiempo tan vivaz y vibrante, aquí junto al sacro sepulcro de San Pedro, Príncipe de los Apóstoles, llena de extraordinaria alegría vuestro corazón y el Nuestro. ¿Quién os ha traído aquí en tan gran número, reunidos de todos los países, pertenecientes a toda edad, a toda clase social y a toda lengua?...” (Mas...)
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La edad media fue una época en la que primaron los derechos estamentales. De los derechos humanos se empezó a hablar en tanto que se consolidó el Estado moderno.

Los derechos humanos surgieron al compás de las guerras de religión. Surgen como un reclamo de las minorías religiosas que más adelante se plasman, en declaraciones de derechos, que propician el tránsito de los derechos humanos a los derechos fundamentales, dotados de garantías. En otras palabras los derechos humanos al plasmarse en las constituciones se convierten en derechos fundamentales o del ciudadano, es decir, derechos del hombre en cuanto que derechos del ciudadano de un Estado concreto.

Con las Declaraciones y el reconocimiento en las Constituciones y leyes de los Estados se quiere que los derechos humanos no sólo serán proclamados, sino protegidos de un modo material, incluso contra el propio Estado que los viole.

Concepto

Los Derechos Humanos son un conjunto de libertades públicas que tienen los seres humanos, sin distinción de ninguna índole, que les permite luchar por alcanzar su fin trascendente en armonía de su dignidad, innata, con la de las otras personas, bajo el reconocimiento del Derecho y con el respeto del poder político.” (ESCOBAR P. F., “Jurisprudencia Constitucional en la nueva Constitución política del Estado. Primera parte”, Sucre, Bolivia: Tupac Katari, 2009, pagina 24, 25).

Naturaleza: teorías

  1. Los derechos humanos son plasmación de ideales iusnaturalistas (de derecho natural).
  2. Tesis contrarias:
    • Los derechos humanos son una constante histórica, con clara raigambre en el mundo clásico;
    • Los derechos humanos son fruto del cristianismo y de la defensa que éste hace de la persona y su dignidad.
    • Los derechos humanos aparecen, como tales, en la edad moderna. Como hecho histórico, esto es incontestable.

Limitaciones a los derechos humanos

Los derechos humanos son de carácter absoluto por lo tanto NO tienen limitantes, es decir no pueden ser restringidos por ningún tipo de autoridad, solo se los puede poner en suspenso. Ej. La prisión.

Caracteres

  • Los derechos humanos se relacionan con la dignidad de las personas humanas. Son las personas las beneficiarias de esos derechos.
  • Responsabilidad estatal. Los Estados deben recoger, reconocer, proteger y dar cumplimiento de estos derechos.
  • Son conquistas. Los derechos humanos se han ido conquistando y protegiendo paulatinamente a lo largo de la historia de la humanidad. Los derechos humanos no permiten retrocesos.

Declaraciones respecto a los Derechos Humanos

  • Encíclica Mater el Magistra. La encíclica Mater el Magistra (Madre y Maestra—de todos los pueblos...la Iglesia catolica universal) de 15 mayo 1961 de S.S. el Papa Juan XXIII (Angelo Giuseppe Roncalli) critica el capitalismo y el socialismo que no tienen en cuenta al hombre como personaje central del trabajo. Exhorta a sostener la “causa de los pobres”, que es la “causa de Cristo”. Asume la defensa de los derechos humanos, y se solidarizaba con quienes luchaban por su aplicación.
  • Declaración Universal de Derechos Humanos 10 diciembre 1948. Aprobada por las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, que distingue entre derechos relativos a la existencia misma de la persona y los relativos a su protección y seguridad, a la vida política, social y jurídica de la misma, y los derechos de contenido económico y social.
  • Declaración Americana De Los Derechos Y Deberes Del Hombre. Aprobada en la IX Conferencia Internacional Americana en la ciudad de Santa fe de Bogotá, Colombia en 1948, (38 Artículos). Ver Texto
  • Convención Europea para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales. Nacida el 4 de noviembre de 1950, en el seno del Consejo de Europa, y que cuenta con una Comisión y con el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con competencia, llegado el caso, para proceder al examen y la resolución de conflictos relacionados con la vulneración de los derechos y libertades contenidos en la Convención. No protege todos los derechos enunciados en la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, teniendo en principio un carácter selectivo. Los contemplados por esta Convención son: el derecho a la vida (art. 2); la prohibición de la tortura, las penas o los tratos crueles, inhumanos o degradantes (art. 3); la prohibición de la esclavitud o servidumbre y de determinados trabajos forzosos u obligatorios (art. 4); el derecho a la libertad y la seguridad (art. 5); los derechos jurisdiccionales en materia civil y las garantías procesales en el curso del proceso criminal (art. 6); la prohibición de la retroactividad de las leyes penales (art. 7); el derecho de protección de la vida privada y familiar, el domicilio y la correspondencia (art. 8); el derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión (art. 9); la libertad de opinión, de expresión e información (art. 10); libertad de reunión pacífica, asociación y fundación de sindicatos (art. 11); y el derecho a contraer matrimonio y fundar una familia (art. 12). Por su parte el primer protocolo adicional de 20 de marzo de 1952 establece el derecho a la propiedad (art. 1), el derecho a la instrucción (art. 2) y la obligación para los estados de organizar, a intervalos razonables, elecciones libres con escrutinio secreto (art. 4) y el cuarto protocolo de 16 de septiembre de 1963 prescribe la prohibición de privación de libertad por la única razón de no poder cumplir una obligación contractual (art. 1), el derecho a la libre circulación en el país de residencia y a abandonar cualquier país, incluso el propio (art. 2), la prohibición de expulsión de un ciudadano propio o su no admisión en el territorio del que es nacional (art. 3) y la prohibición de expulsiones colectivas de extranjeros (art. 4).
  • Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
  • Pacto Internacional De Derechos Civiles Y Políticos. La anterior y ésta fueron adoptadas por resolución 2200 (XXI) de la Asamblea General de la ONU, abierto a la firma en la ciudad de Nueva York, USA, el 16 o 19 de diciembre de 1966 (53 Art., y un protocolo facultativo de 14 Art.)Ver Texto.
  • Convención Americana Sobre Derechos Humanos. O Pacto de San José de Costa Rica. Firmada en la ciudad de San José de Costa Rica, el 22 de noviembre de 1969 (82 Art.).Véase Texto.
  • Convención Contra La Tortura Y Otros Tratos O Penas Crueles, Inhumanas O Degradantes.
  • Convención Contra La Tortura Y Otros Tratos O Penas Crueles, Inhumanas O Degradantes. Adoptada por la Asamblea General de la ONU el 10 de diciembre de 1984 (33 Art.).

Evolución De Los Derechos Del Ser Humano

CUADRO DE EVOLUCIÓN DE LOS DERECHOS DEL SER HUMANO

DERECHOS INDIVIDUALES O DE PRIMERA GENERACIÓN

Derechos Políticos:

1. derecho a la libertad de reunión y asociación
2. derecho a la libertad de opinión,
3. derecho a la libertad de expresión,
4. derecho a pertenecer a asociaciones políticas y a agrupaciones de representación popular,
5. derecho a elegir (al voto) y ser elegido (en elecciones),
6. derecho a pedir o demandar de la autoridad publica.

Derechos Civiles:

1. derecho a la libertad de locomoción,
2. derecho a la vida y la seguridad de la persona,
" (Ver TODA LA TABLA de Evolucion de los derechos).

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Lacassagne

Teoría Microbiológica del Delito de Alejandro Lacassagne

© by Jorge Machicado


Alejandro Lacassagne .
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La teoría de Lacassagne ha sido llamada Teoría Microbiológica Del Delito pues equipara a los delincuentes con los microbios—Lacassagne era médico forense—los que no dañan a menos que se encuentren en un medio adecuado, se reproducen y actúan en caldo de cultivo favorable.

Lacassagne dice:

" …lo importante es el medio social. Permítanme una comparación tomada de la teoría moderna. El ambiente social es el medio en que se cultiva la delincuencia; el microbio es el elemento delictivo que carece de importancia hasta el día en que se encuentra en el cultivo favorable a su multiplicación. Creemos que el delincuente con sus características antropométricas y las demás, sólo tienen una importancia muy secundaria, además, todas estas características se pueden encontrar en personas absolutamente honestas."

De allí la célebre consecuencia que anuncia Lacassagne:

" Las sociedades tienen delincuentes que merecen y cada sociedad tienen la policía que merecen."

La critica desde el primer momento se le hizo notar a Lacassagne que si bien el caldo de cultivo puede activar la multiplicación y la toxicidad de los microbios, no los crea por generación espontánea sino que los supone ya existente junto con una particular capacidad de dañar.

Causas del delito para Alejandro Lacassagne

Para Lacassagne tiene dos factores: el Factor personal y el Factor determinante

Factor personal

  • Falta de frenos inhibitorios.
  • Predisposición al delito. Es aquí donde aparece por primera vez este término.

Afirma que la miseria no es causa de criminalidad, dice :

" Si todos los pobres cometieran delitos por su condición de miseria, sería un caos. "
Cosa que no ocurre así, la miseria sólo es una causal de delito.

Factor determinante

Se divide en dos, y son:

  1. Los predisponentes. Son aquellos como la debilidad mental y las enfermedades nerviosas (causas endógenas).
  2. Los transmisores de contagio. Es el medio ambiente (la familia, la escuela, etc.). Se llaman así a este factor porque la mayoría de los componentes de esta escuela son médicos: “Una manzana podrida pudre a los demás”.

Política criminal

Propugna la profilaxis del delincuente. Al delincuente hay que sacarlo del medio nocivo, cambiarlo a un medio donde no pueda cometer delitos y darle una nueva educación.

Actualmente este factor profiláctico es muy útil y verídico.

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