Yerno. - Respecto de una persona, marido de su hija. También llamado hijo político. Es un parentesco por afinidad.
Su importancia jurídica esta:
- Obligación de prestar alimentos.
- Impedimento matrimonial.
Es testigo inhábil en los pleitos de la suegra o el suegro.
En lo penal –aunque se llame hijo político, si mata al suegro o suegra—no configura jamás delito de parricidio, sino siempre en homicidio aunque agravado.
Al yerno le alcanza la excusa absolutoria por robo, si convive con ellos.
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