¿Que es el Derecho romano?

En su Acepción lata el Derecho romano es el Conjunto formado por las disposiciones jurídicas y el sistema legal desarrollado en Roma desde la primera compilación de leyes, conocida como la Ley de las XII Tablas, en el año 450 Antes de Cristo hasta la muerte de Justiniano I , soberano del Imperio bizantino, en el año 565 después de Cristo.

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                        B Y    ERMO QUISBERT


QUISBERT, Ermo, ¿Que es el Derecho Romano?, La Paz, Bolivia: CED® Centro de Estudios de Derecho, 2010.
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En la Acepción lata el Derecho romano es le Conjunto formado por las disposiciones jurídicas y el sistema legal desarrollado en Roma desde la primera compilación de leyes, conocida como la Ley de las XII Tablas, en el año 450 Antes de Cristo hasta la muerte de Justiniano I [1], soberano del Imperio bizantino, en el año 565 después de Cristo.

Las XII Tablas (Lex Duodecim Tabularum o Duodecim Tabularum Leges)?: Es el código [2] más antiguo de Derecho romano, escrito entre los años 451 y 450 a.C. que se basaba en el Derecho oral (consuetudinario) de los quirites [3]: rudo, formal y riguroso existente de aquel momento.

Contenido del Derecho romano en su acepción lata o amplia

  • Normas jurídicas del pueblo romano.
  • Leyes romano-bárbaras. Se sancionaron a instancia de los caudillos o reyes germanos cuando se asentaron en suelo romano.
  • las reinterpretaciones del derecho Justinianeo
  • . Que efectuaron los glosadores [4] y postglosadores [5]en la temprana Edad Media.
  • La pandectistica alemana. Es lo que se ha dado en denominar “segunda vida del derecho romano”

Acepción en sentido estricto

Derecho romano. Ordenamiento normativo contenido en la compilación de las leyes y jurisprudencia romanas realizada en el siglo VI de nuestra era por Justiniano, emperador de Oriente denominado Corpus Iuris Civilis. Mas...
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[1] Justiniano I (482-565), emperador bizantino (527-565) que extendió el dominio de Bizancio en Occidente, embelleció Constantinopla y completó la codificación del Derecho romano.

[2] Código. (del latín “codex”) Órgano homogéneo que resulta de la reducción ordenada de un conjunto de normas positivas de la style='font-style:normal'> codificación. La style='font-style:normal'> palabra positivas viene del latín “positum”, ‘puestas’, ‘esculpidas’, ‘establecidas’, ‘escritas’. Codificación quiere decir agrupación orgánica, sistemática y completa—generalmente en un cuerpo legal llamado código— de todas las normas que se refieren a una misma materia no permitiendo contradicción ni ambigüedad y, teniendo ellas una vida unitaria.

[3] Quirites. Ciudadano de Roma primitiva, o descendiente de él, que por ello gozaba de innumerables privilegios.

[4] Glosadores. Estudiosos que hacían anotaciones al margen de la página para que sea una especie de guía para una mejor compresión. Ej., Alberto Grandino (s. XIV).

[5] Postglosadores. Comentaristas de esas anotaciones al margen. Ej., Guillermo Caro (s. XVI) .

Cómo citar este APUNTEJURIDICO®:

QUISBERT, Ermo, "¿Que es el Derecho Romano?", 2010, http://jorgemachicado.blogspot.com/2010/02/derom.html Consulta:

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