La Acción Popular

La acción popular es un medio de defensa que hace posible el reclamo de la intervención de un juez frente a la vulneración de un derecho.

La Acción Popular

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 by   JORGE MACHICADO


Intro

¿Que es la Acción Procesal? La Acción procesal es el poder jurídico que tiene todo sujeto de derecho, consistente en la facultad de acudir ante los órganos de jurisdicción, exponiendo sus pretensiones y formulando la petición que afirma como correspondiente a su derecho vulnerado.

CONCEPTO DE ACCIÓN POPULAR

La acción popular es un medio de defensa que hace posible el reclamo de la intervención de un juez frente a la vulneración de un derecho (SC 1973/2011-R de 7 de diciembre).

NATURALEZA

Tiene naturaleza tutelar y de tramitación sumarísima y extraordinaria.

FINALIDAD

Es la protección de los derechos e intereses colectivos, frente a las acciones u omisiones ilegales o indebidas de las autoridades públicas o personas particulares, que los restringen o amenazan con restringirlos.

¿Para qué sirve?

  • Para prevenir daño sobre los derechos colectivos.
  • Para restituir los derechos vulnerados.
  • Para indemnizar el agravio sobre los intereses colectivos.
  • Para hacer cesar la amenaza de vulneración de los derechos colectivos.
"La acción popular… tiene por objeto la protección inmediata y efectiva de los derechos e intereses colectivos, contra los actos u omisiones ilegales o indebidos de autoridades públicas o personas particulares que los restrinjan, supriman o amenacen de restricción o supresión"(RIVERA, “Jurisdicción Constitucional”, 3ra, Cochabamba, Kipus, 2011, p. 487).

EFECTO JURIDICO

Restituye las cosas a su estado anterior, cuando fuere posible.

LEGITIMACION

La legitimación es la facultad atribuida a una persona para reclamar alguna cosa.

¿Quién puede presentar una Acción Popular? Cualquier persona (CPE 137 II).

Este tipo de accion puede ser interpuesta por cualquier persona cuando se fundamente lesión a derechos e intereses difusos (en estos la Titularidad pertenece no a un individuo sino que corresponden a todos o a un grupo. Ejemplo: “El derecho a un ambiente limpio es un derecho colectivo que tenemos todas las personas”.)

Esta legitimación amplia que se basa y justifica en la naturaleza de los derechos resguardados por este mecanismo de defensa tal como lo comprendió la SC 1018/2011-R:

Cuando a través de esta acción se pretenda la tutela de derechos o intereses colectivos, en mérito a que la titularidad de los mismos corresponde a un grupo o colectividad, la acción deberá ser presentada por cualquier persona perteneciente a dicha colectividad o, por otra a su nombre, sin necesidad de mandato”.

ORDENAMIENTO JURIDICO

"Artículo 136 La Acción Popular procederá contra todo acto u omisión de las autoridades o de personas individuales o colectivas que violen o amenacen con violar derechos e intereses colectivos, relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y salubridad pública, el medio ambiente y otros de similar naturaleza reconocidos por esta Constitución.
Artículo 137 I. La Acción Popular podrá interponerse durante el tiempo que subsista la vulneración o la amenaza a los derechos e intereses colectivos. Para interponer esta acción no será necesario agotar la vía judicial o administrativa que pueda existir.

II. Podrá interponer esta acción cualquier persona, a título individual o en representación de una colectividad y, con carácter obligatorio, el Ministerio Público y el Defensor del Pueblo, cuando por el ejercicio de sus funciones tengan conocimiento de estos actos. Se aplicará el procedimiento de la Acción de Amparo Constitucional.

"(CPE Bolivia)

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