Los elementos constitutivos del Estado son: Población, Territorio y el Poder .
Elementos Clásicos Constitutivos Del Estado
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Los elementos constitutivos del Estado son:
Visibles o materiales.
-
a) Población.
b) Territorio.
No visibles, formales o constitutivos:
-
c) Poder
POBLACIÓN
Población. Conjunto de personas que viven en un territorio determinado donde actúa el poder público, sean nacionales, extranjeros, residentes o transeúntes, que están unidas por intereses comunes .
Se debe diferenciar la Población, conjunto de habitantes y estantes de un Estado con el termino Pueblo que es un subconjunto compuesta de todas las personas que gozan de la ciudadanía, categoría política consistente en el vínculo político que une a una persona con el Estado por el cual puede ejercer sus derechos políticos (elegir y ser elegido) y se determina por la edad y la capacidad de las personas, y corresponde al Derecho constitucional y a la ley electoral .
TERRITORIO
Territorio. Es el espacio material que constituye la porción geográfica determinada y exclusiva donde se asienta la población y ejerce su imperium [1] el Estado.
Por ejemplo el territorio de Bolivia esta comprendido entre: latitud sur mínima 9° 40' 07" Manoa o Boca del Abuná. Latitud máxima 22° 54' 07" cerro de Guayaques: longitud occidental mínima 57° 25' 05" Buen Fin, longitud máxima 69° 38' 23" cerro Mauripalca que hacen una superficie de 1.098.581 Km2 de los 2.363.769 Km2 originalmente, cuyos límites son al norte y este con Brasil al oeste con Chile y Perú y al Sur con Argentina y Paraguay.
Los elementos del Territorio son:
- la unidad jurídica,
- la unidad natural y
- la indivisibilidad.
LA UNIDAD JURÍDICA. Se refiere a la existencia de un solo Ordenamiento Jurídico[2] en todo el territorio donde tiene soberanía el Estado, en Bolivia unidad jurídica permite el Pluralismo Jurídico[3].
LA UNIDAD NATURAL. O física, se refiere a la geografía y comprende:
- El suelo (delimitado por las fronteras),
- el subsuelo (en forma de cono hasta el centro de la Tierra),
- el espacio aéreo (hasta el sistema defensivo del país),
- el mar territorial (hasta las 12 o 200 millas marinas, según el país que lo haga respetar ), y
- el espacio lacustre (comprendido por los lagos, lagunas y ríos).
LA INDIVISIBILIDAD .Significa que por regla que los países son de territorio continuo, aunque por excepción pueden ser discontinuos, por ejemplo Malasia y otros países están conformados por un conjunto de islas. Otro ejemplo, dentro de un Estado las embajadas que gozan de inmunidad territorial o diplomática, son parte del territorio de un “Estado” y se rigen por el ordenamiento jurídico vigente en el mismo, a pesar de encontrarse espacialmente dentro de otro Estado.
PODER
El Poder es la suprema potestad del Estado que lo autoriza para imponer decisiones de carácter general y regir, aun coercitivamente [4] , según reglas obligatorias, la convivencia de cuantos residen en su territorio sujeto a sus facultades políticas y administrativas que los obedecerán . Existe poder cuando el mandato de una sujeto A es obedecido por un sujeto B (cualquiera que sea la motivación de la obediencia): si no hay obediencia no hay poder [5] . El Poder se ejerce a través del Gobierno que realiza la voluntad del Estado. El Gobierno pone en movimiento un elemento del Estado: el Poder.
El poder se ejerce a través del Gobierno. En los sistemas parlamentarios (Europa), se considera que el gobierno es el Poder Ejecutivo, con exclusión de los Poderes Legislativo, Judicial y por lo cual al primer ministro o presidente del Consejo de Ministros se lo denomina jefe del gobierno, mientras que en los países americanos, de sistema presidencialista, el gobierno está integrado por los órganos del Poder Publico: Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Electoral.
El gobierno es conjunto de órganos ejecutores del Poder publico del Estado, realizando la voluntad de este, ordenando y manteniendo un régimen con arreglo a la Constitución [6]. El Gobierno pone en movimiento un elemento del Estado: el Poder.
Ha sido tema de polémica, a través de los siglos, cual sea el origen del poder, para algunos, procede de Dios y recae directamente en la persona elegida para ejercerlo. Esta teoría sirvió de base a las monarquías absolutas y a los regímenes de gobierno autocrático (persona individual, partido político, grupo militar, organismo sindical). Otros muchos autores niegan el origen divino del poder, destaca la Teoría Del Contrato Social expuesta por Jean Rousseau, que dice que el poder es un atributo del pueblo que es delegado a una constituyente con las formas constitucionalmente establecidas.
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[1] Imperium. Voluntad política que posee una persona (Rey) o un grupo de personas (Pueblo) con derecho a tomar decisiones para determinarse y manifestarse sobre grupos internos. Es la autoridad que un Estado ejerce sobre sus ciudadanos. En el plano nacional, el papel del Estado es proporcionar un marco de ley y orden en el que su población pueda vivir de manera segura.
[2] El Ordenamiento Jurídico es el conjunto de leyes dictadas por voluntad estatal para garantizar las normas jurídicas positivas de convivencia social (Derecho) se cumplan. Mas http://jorgemachicado.blogspot.com/2009/05/oj.html
[3] Pluralismo Jurídico. Es la coexistencia dentro un Estado de diversos conjuntos de normas jurídicas positivas de convivencia social (Derecho) en un plano de igualdad, respeto y coordinación. Es la coexistencia de dos o más Derechos en un mismo ámbito de tiempo y de espacio.
[4] Coercibilidad. Es el empleo habitual de la fuerza legítima que acompaña al Derecho para hacer exigibles sus obligaciones y hacer eficaces sus preceptos. La coercibilidad significa la posibilidad del uso legítimo y legal de la fuerza para su cumplimiento de la ley. Se diferencia diametralmente de la coacción que es la Fuerza o violencia que se hace a una persona para precisarla que diga o ejecute alguna cosa. En este sentido su empleo origina múltiples consecuencias de orden civil, ya que los actos ejecutados, bajo coacción adolecen del vicio de nulidad, y en el orden penal, por que daría lugar a diversos delitos, especialmente los atentatorios contra la libertad individual.
[5] Quiroga Lavie, Humberto, Derecho Constitucional, Buenos Aires, Argentina, DePalma, 1987, pagina 43.
[6] “Constitución. (Del latín “cum” con y “statuere” establecer). Es la norma jurídica suprema positiva que rige la organización de un Estado, estableciendo: la autoridad, la forma de ejercicio de esa autoridad, los límites de los órganos públicos, definiendo los derechos y deberes fundamentales de los ciudadanos y garantizando la libertad política y civil del individuo.
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MACHICADO, Jorge,"Elementos Clásicos Constitutivos Del Estado", Apuntes Juridicos™, 2013 http://jorgemachicado.blogspot.com/2013/06/ede.html Consulta: