Principio de Solidaridad en la Seguridad Social

El Principio de Solidaridad tiene doble alcance: Social, es la integración de grupos etários; y económico, orientado al financiamiento por el trabajador y el empleador de acuerdo a sus posibilidades.

Principios Doctrinales de la Seguridad Social: Principio de Solidaridad

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      B  Y      J. REVILLA

El Principio De Solidaridad tiene doble alcance:

  • Social.- En su alcance social es la integración de grupos etários. Es de carácter intergeneracional. Es decir: Los hijos de los trabajadores no aportan, pero requiere de la sociedad. El grupo etario de personas adultas, los trabajadores, sostienen el sistema de Seguridad Social.
  • Económico.- El alcance económico está orientado al financiamiento del sistema, bajo el principio trabajador y empleador aportan de acuerdo a sus posibilidades.

La tendencia actual está orientada hacia la aplicación absoluta del principio. Este principio es de mayor alcance y efectividad, cuanto mayor sea la población atendida. En Latinoamérica, se tiene un promedio del 20 al 25% de población atendida. El Principio De Solidaridad existe una conexión con el Principio De Universalidad.

La solidaridad significa toda persona debe contribuir a establecer y sostener el fondo patrimonial, de tal manera que para unos y otros no represente una exacción y merma absoluta de sus recursos, ni tampoco que la cuota sea tan mínima que no grave en modo alguno a la renta personal. No se puede privar a unos de su reducido salario, ni dejar a otros intocadas cuantiosas rentas. Ambos deben sentirse igualmente gravados.

El sistema porcentual, o cotización porcentual sobre las utilidades es el más adecuado, porque se grava igualmente a unos y otros.

Por este Principio De Solidaridad se trata de llegar al fin de la Seguridad Social: lograr la redistribución de la renta nacional.

La solidaridad en el tiempo y en el espacio

La solidaridad en el tiempo significa las generaciones anteriores financian la Seguridad Social para sus posteriores (Principio De Solidaridad Social).

La solidaridad en el espacio bajo el Principio De Solidaridad trata de que aquella sobrepase las fronteras territoriales de los Estados para proteger a la persona, sin relación alguna a su nacionalidad. Este enunciado aun tiene escasas concreciones. Quizas un ejemplo seria la Comunidad Económica Europea.

Cómo citar este APUNTEJURIDICO®:

REVILLA, J., "Principio de Integridad de la Seguridad Social ", http://jorgemachicado.blogspot.com/2010/08/solidaridad.html Consulta:

Principio de Integridad de la Seguridad Social

El Principio de Integridad de la Seguridad Social establece que la protección de un ser humano sea extendida a todos los riesgos y en todos los momentos de su vida.

Principio de Integridad de la Seguridad Social

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      B  Y      J. REVILLA

UD. está aquí:    Principios de la Seguridad Social    >   Integridad

El Principio de Integridad de la Seguridad Social establece que la protección de un ser humano sea extendida a todos los riesgos y en todos los momentos de su vida, y en casos necesarios, los límites de una cobertura activen otra.

Es una unidad de riesgo. Fundamenta la Seguridad Social para la cobertura de todos los riesgos.

Por ejemplo en el Seguro De Enfermedad, el tratamiento médico puede llegar a extenderse sólo durante un año, luego de ese período, la cobertura de la persona pasa del Seguro De Enfermedad al Seguro De Invalidez que le otorgará una pensión de invalidez y también atención médica.

Otro, ej., una persona que percibe Renta De Vejez, al morir activa el Seguro De Muerte a favor de su viuda o herederos admitidos por ley.

El Principio de Integridad orienta la legislación permitiendo que la persona esté cubierta íntegramente ante todos los riesgos o contingencias de la vida.

Este Principio de Integridad como trata de comprender todos los riesgos también se le conoce como Principio de Comprensividad (Mesa Lago).

El ser humano en el transcurso de su vida afronta las contingencias como enfermedades, accidentes, e incluso una contingencia inevitables: la muerte. O entre otras la falta de recursos para subsistir, desempleo, incapacidad física, o de dejar en la orfandad a sus hijos, etc.

Todas estas contingencias o riesgos son objeto de atención, consideración y solución por parte de la Seguridad Social.

¿Cómo?

A través de una política de empleo, de un régimen de prestaciones sanitarias de carácter preventivo y curativo, y simultáneamente la entrega de recursos financieros necesarios para superar la incapacidad física que producen aquellos estados de enfermedad.

Por otro lado el ser humano también enfrenta situaciones felices, el matrimonio, el nacimiento de hijos, la educación de los mismos. Por el Principio de Integridad la Seguridad Social responde a estas situaciones de la vida mediante el régimen de asignaciones familiares y prestaciones de supervivencia a favor de todos aquellos que subsistían a expensas del causante.

Martí Bufill critica esta protección diciendo que el ser humano pierde todo estímulo. ¿Cómo todo esta asegurado, para que ahorrar y prevenir individualmente el futuro?

Otra crítica que se hace a la Seguridad Social guiada por el Principio de Integridad (Cobertura de todos los riesgos) dice que impide el desenvolvimiento del seguro privado.

Cómo citar este APUNTEJURIDICO®:

REVILLA, J., "Principio de Integridad de la Seguridad Social ", 2010, http://jorgemachicado.blogspot.com/2010/08/integridad.html Consulta:

Principios Doctrinales de la Seguridad Social: Principio de Universalidad

El principio de Universalidad establece que toda persona tiene derecho a vivir con salud aún con medios económicos mínimos y exenta del temor de que, produciéndose un infortunio, no pueda disponer de los medios protectivos.

Principios Doctrinales de la Seguridad Social: Principio de Universalidad

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      B  Y      J. REVILLA


Principios Doctrinales de la Seguridad Social: Principio de Universalidad. © AG® All rights reserved.
El termino “principio” se utiliza sólo en ciencias exactas (Lógica, Matemática) en las ciencias sociales como el Derecho existen “fundamentos”. Pero, por el amplio uso en la doctrina de la palabra “principio” refiriéndose a un fundamento, nosotros, seguiremos también esa corriente, aunque haciendo notar que nos referimos a un fundamento.

Principio. Es un axioma [1] que plasma una determinada valoración de justicia de una sociedad, sobre la que se construyen las instituciones del Derecho y que en un momento histórico determinado informa del contenido de las normas jurídicas de un Estado [2].

Un principio no es una garantía [3]. Un principio es el fundamento, es la base de una garantía.

Un principio no es una norma [4]. Esta confusión solo obedece a la influencia que han tenido los juristas, en la Concepción normativista del Derecho que simplifica el fenómeno jurídico reduciendo al marco de las fuentes del Derecho, a la ley positiva.

Clases de Principios Doctrinales de la Seguridad Social

Los principios doctrínales de la seguridad social son:

  • Universalidad. Cobertura de todas las personas.
  • Integridad. Cobertura de todos los riesgos.
  • Solidaridad. Aportar y recibir prestaciones de acuerdo a las posibilidades de uno.
  • Unidad. La seguridad debe ser administrada por un solo ente y an base a una sola ley.
  • Internacionalidad. Extranjero o nacional no interesa, suma sus aportes efectuados en diferentes países.

Principio de Universalidad

El principio de Universalidad establece que toda persona tiene derecho a vivir con salud aún con medios económicos mínimos y exenta del temor de que, produciéndose un infortunio, no pueda disponer de los medios protectivos. El Principio De Universalidad señala que todos los estantes y habitantes de un país deben estar en el alcance del Sistema de Seguridad Social.

Los seguros sociales, complementados por la política de asistencia, han cubierto en parte la observancia de estos derechos. ¿Por qué decimos que los seguros sociales han cubierto solamente una parte? R. Porque seguían un criterio del económicamente débil en su campo de aplicación, ampliando posteriormente su cobertura a todos los trabajadores dependientes (criterio laboral). Por otra parte, porque la asistencia tenía un carácter optativo en su otorgamiento, referida por tanto a las posibilidades económicas del Estado.

El Principio De Universalidad, importa que la Seguridad Social, plasmará los derechos fundamentales anotados y otros que son también inmanentes a la naturaleza humana, como la educación, vivienda, etc., en la expresión individual y social del hombre, exenta de consideraciones económicas, sociales y raciales.

Este principio está vinculado con el de internacionalida y al principio de integridad, pues mientras la universalidad tiene relación con la persona en los ámbitos nacionales, en cambio la segunda emerge de factores políticos, se refiere a la nacionalidad, o sea la misma persona, independientemente del país donde se encuentre, debe ser siempre sujeto de protección.

En lo referente al principio de integridad, bajo este principio la Institución de la seguridad social cubre todos los riesgos.
____________________
[1] Axioma. (Del griego "axioma", 'lo que parece justo'). Proposición evidente no susceptible de demostración sobre la cual se funda una ciencia. Originariamente el término ‘axioma’ significa dignidad. Por derivación se ha llamado ‘axioma’ a “lo que es digno de ser estimado, creído o valorado”. Así, en su acepción más clásica el axioma equivale al principio que, por su dignidad misma, es decir, por ocupar cierto lugar en un sistema de proposiciones, debe “estimarse como verdadero”.

[2] Principio. Origen, Función e Importancia véase en: Machicado, Jorge, ¿Qué es un Principio?, http://jorgemachicado.blogspot.com/2009/07/principio.html

[3] Garantía. Es una institución de Derecho Público de seguridad y de protección a favor del individuo, la sociedad o el Estado que dispone de medios que hacen efectivo el goce de los derechos subjetivos frente al peligro o riesgo de que sean desconocidos.

[4] Norma jurídica. "Es la significación lógica creada según ciertos procedimientos instituidos por una comunidad jurídica y que, como manifestación unificada de la voluntad de ésta, formalmente expresada a través de sus órganos e instancias productoras, regula la conducta humana, en un tiempo y lugar definidos, prescribiendo a los individuos, frente de determinadas circunstancias condicionantes, deberes y facultades, y estableciendo una o mas sanciones coercitivas para el supuesto de que dichos deberes no sean cumplidos" (MACHICADO, J., "¿Qué es la norma jurídica?", 2010, http://jorgemachicado.blogspot.com/2009/09/nj.html Consulta: Lunes, 16 Agosto de 2010 ).

Cómo citar este APUNTEJURIDICO®:

REVILLA, J., "Principios Doctrinales de la Seguridad Social: Principio de Universalidad", 2010, http://jorgemachicado.blogspot.com/2010/08/universalidad.html Consulta: