Norma Jurídica
© by Jorge Machicado
En la vida social del ser humano hay muchas normas a las cuales se halla atado. Unas regulan su conducta, otras sus relaciones con los demás hombres, o con grupos mayores, o con su Dios.[1]
Estas normas se dividen según su finalidad en: morales, religiosas, estéticas, de uso social, jurídicas, etc. Las morales tienden a la consecución de la virtud; las religiosas a la redención del alma, las estéticas a logro de la belleza; las de uso social, a satisfacer el honor, el decoro, las modas y otras exigencias impuestas a sus miembros por ciertos grupos sociales en un determinado momento histórico. Y, finalmente, las jurídicas, que hacen posible la vida social[2] (aun dentro de estas últimas, algunas tienen una sanción: es la norma jurídica-penal).
Concepto
Norma jurídica. Es la significación lógica creada según ciertos procedimientos instituidos por una comunidad jurídica y que, como manifestación unificada de la voluntad de ésta, formalmente expresada a través de sus órganos e instancias productoras, regula la conducta humana, en un tiempo y lugar definidos, prescribiendo a los individuos, frente de determinadas circunstancias condicionantes, deberes y facultades, y estableciendo una o mas sanciones coercitivas para el supuesto de que dichos deberes no sean cumplidos.Caracteres
Los caracteres de la norma jurídica son los siguientes:
- Obligatoriedad: La norma jurídica es obligatoria para todos los sujetos que se encuentren dentro del ámbito de su aplicación.
- Generalidad: La norma jurídica se aplica de forma general a un conjunto de situaciones o casos que se encuentren dentro de su ámbito de aplicación. No se dirige a un individuo determinado sino a la colectividad. Aún en leyes que dan honores o privilegios, sigue siendo general porque todos deben respetar esos privilegios y honores.
- Abstracción e Hipoteticidad: La norma jurídica se expresa en términos abstractos y generales, sin referirse a casos concretos. Una norma jurídica es abstracta por ser general e hipotético porque prevé casos tipo y no casos concretos.
- Coercibilidad: La norma jurídica tiene la capacidad de ser impuesta por la fuerza del Estado en caso de incumplimiento.
- Permanencia: La norma jurídica se mantiene en vigor durante un período de tiempo determinado y puede ser modificada o derogada por otra norma posterior.
- Universalidad: La norma jurídica se aplica a todos los sujetos que se encuentren dentro del ámbito de su aplicación, sin distinción de raza, género, religión u otra característica personal.
- Claridad: La norma jurídica debe ser clara y precisa en su formulación, para que los sujetos a los que se aplica puedan conocer y entender sus obligaciones y derechos.
- Coherencia: La norma jurídica debe ser coherente con otras normas jurídicas del ordenamiento jurídico, para evitar contradicciones o conflictos entre ellas.
La imperatividad no es carácter sino su naturaleza porque la norma jurídica es un mandato.
Naturaleza
La naturaleza de la norma jurídica es un mandato por lo siguiente:
Cuando el Poder legislativo sanciona una ley, manda a que se observe tal ley. En “... el propietario tiene derecho a disponer...”, el mandato es para terceros que deben dejar hacer al propietario lo que la ley le consiente hacer. En “...quien matare a otra persona...”, se ve nomás el mandato, prohibiendo el acto.
[1] RUGIERO, Roberto de, Instituciones del Derecho Civil, Madrid, España, 1929, Tomo I, paginas 2 y 3.
[2] DEMOFILO DEL BUEN, Introducion al Estudio del Derecho Civil, Madrid, España, 1932, paginas 5 y 6.
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