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Constitucion politica de Bolivia (Ley 7 febrero 2009)

LEYES DE BOLIVIA

Constitución política comentada del Estado plurinacional de Bolivia
Ley de 7 de febrero de 2009

Preambulo | Contenido | Texto en Castellano | Text in English | Preguntas | Constituciones del mundo |

Articulos:

1. Modelo estructural del Estado - Bases del Estado

2. Libre determinacion de las naciones bolivianas

3. Conformacion del la nacion boliviana

4. Libertad de Religión

5. Idiomas Oficiales

6. Capital de Bolivia - Simbolos de Bolivia: La bandera

7. Soberanía

8. Principios y valores: Ama Qhilla, Ama Llulla, Ama Suwa (no seas flojo, mentiroso ni ladrón). Principio del Suma Qamaña (vivir bien)

9. Fines y Funciones del Estado

 by   MARGOT MARIACADra. MARGOT MARIACA

La historia de la Constitución política del Estado empieza con la Marcha por el Territorio y la Dignidad de los pueblos indígenas que partió desde Trinidad, Beni un 15 de agosto de 1990.

Reclamaban el reconocimiento de su territorio frente a la ocupación de los ganaderos y empresas madereras y la formación de una Asamblea Constituyente [1] la cual sancionaría una nueva Constitución política del Estado de Bolivia.

El proyecto de Constitución política del Estado fue redactado por la Asamblea Constituyente y aprobado en su fase “En Grande” en la capital de Bolivia: Sucre, el martes 27 de noviembre de 2007.

La fase en “En Detalle” se discutió en la ciudad minera de Oruro, el domingo 9 de diciembre de 2007.

La fase “De Revisión” del proyecto de Constitución política del Estado se llevó a cabo entre el lunes 10 de diciembre y el viernes 14 de diciembre de 2007 por el MAS (Movimiento Al Socialismo).

A casi un año después, en el mes de septiembre de 2008 en Cochabamba, el proyecto de Constitución política del Estado se revisó en la parte pertinente a las Autonomías departamentales por tres Prefectos: Mario Cossio (Tarija), Ruben Costas (Santa Cruz) y Ernesto Suarez (Beni).

Para llegar a consensos se buscó acuerdos . La presión social apresuró el diálogo congresal.

Luego, del 20 al 21 de octubre de 2008 en La Paz, el proyecto fue revisada en un Congreso constituyente por las organizaciones de representación popular: MNR (Movimiento Nacionalista Revolucionario: Fernando Romero, Guillermo Richter), UN (Unidad Nacional: Alejandro Colanzi, José Villavicencio, Peter Maldonado, Ricardo Pol), MAS (Movimiento Al Socialismo: Carlos Romero, Edmundo Novillo, Félix Rojas) y la agrupación ciudadana PODEMOS (Poder Democratico Social: Carlos Börth, Luís Vásquez, Oscar Ortiz, Antonio Franco, Bernardo Montenegro, Gamal Serham, Roberto Ruiz).

El proyecto de Constitución política del Estado sancionado en Oruro fue reformulado por el Congreso constituyente en los siguientes temas:

  • Justicia comunitaria. Se delimitó la justicia comunitaria a las personas que pertenecen a la nación en particular, dejando de lado el Principio de Territorialidad (a delito cometido en un territorio se aplica las normas que rigen ese territorio no importando la nacionalidad del autor. -Tratado de Montevideo 23 enero 1889-) y retomado el arcaico Principio de Personalidad (se aplica la ley de la nación al cual pertenece el autor). Convirtiendo así, en una ficción los usos y costumbres de las naciones originarias, usos y costumbres que no alcanzaran a los mestizos.
  • Así mismo se modifico el control social de los movimientos sociales, no podrán destituir a autoridades.

  • Se circunscribe la Democracia Comunitaria solo a las comunidades. La Democracia Comunitaria (las minorías acatan las decisiones de la mayoría) solo se aplica en las “markas”, a las “tentas” de las naciones. Ya no se aplicara en decisiones publicas del Estado Boliviano (Arts. 7, 12, 26, 108, 242).
  • Se inserta lo “boliviano”. Se aclara que las naciones originarias forman parte de una nación, la nación boliviana, que los engloba. Era un pedido de los mestizos que con el proyecto de Oruro dejaban de tener identidad nacional.

    De un plumazo inventan “lo boliviano” como una nación que fracasó en su formación toda la vida republicana (Arts. 3).

    Artículo 3. La nación boliviana está conformada por la totalidad de las bolivianas y los bolivianos, las naciones y pueblos indígena originario campesinos, y las comunidades interculturales y afrobolivianas que en conjunto constituyen el pueblo boliviano.”

  • Se mantiene elección de diputados uninominales y plurinominales para la cámara baja. Se pedía que todos fueran elegidos uninominalmente. Pero los mestizos dijeron que ellos se quedarían sin diputados. Es por eso que se mantiene a uninominales y plurinominales Se mantienen las dos cámaras del Congreso. Seguiremos atados a los caprichos de 36 senadores. (Arts. 160, 162, 170, 180, 183, 198, 200, 212).
  • Garantías a la propiedad privada. Esta fue una concesión graciosa a los terratenientes y ganaderos del oriente del país que apoyaron al MAS (Movimiento Al Socialismo).
  • Artículo 399. — I. Los nuevos límites de la propiedad agraria zonificada se aplicarán a predios que se hayan adquirido con posterioridad a la vigencia de esta Constitución. A los efectos de la irretroactividad de la Ley, se reconocen y respetan los derechos de posesión y propiedad agraria de acuerdo a Ley.

    II. Las superficies excedentes que cumplan la Función Económico Social serán expropiadas. La doble titulación prevista en el artículo anterior se refiere a las dobles dotaciones tramitadas ante el ex - Consejo Nacional de Reforma Agraria, CNRA. La prohibición de la doble dotación no se aplica a derechos de terceros legalmente adquiridos.”

    Si, “propiedad agraria zonificada” solo se aplica luego de la aprobación del proyecto de Constitución política del Estado, entonces ¿donde queda el pedido de tierras por los pobres? ¿Dónde queda el objetivo desde la primera Marcha Por Tierra Y Territorio (15 agosto 1990) que partió desde Trinidad, Beni?

    Esta modificación también desconoce el Principio De Retroactividad De La Ley En Materia Social. Las tierras, las pasan al campo del derecho civil donde si se aplica la irretroactividad. Con esta modificación se está constitucionalizando el latifundio.

Con estas reformulaciones hechas por el Congreso Constituyente, el Proyecto De Nueva Constitución Política Del Estado fue presentado la tarde del día 21 de octubre de 2008, al Presidente de la republica Dn. Juan Evo Morales Ayma, quien, no obstante de tener diez días para estudiarlo, y lo más importante, que los movimientos sociales estudien y revisen los cambios, firmó y promulgo inmediatamente la Ley de Convocatoria a el Referendo Dirimitorio Sobre Tierras y Referendo del Proyecto de Reforma Constitucional.

Las dos consultas se realizaron el 25 de enero del 2009.

La Constitución política de Bolivia fue aprobada con el 61% de votos del pueblo boliviano.

La Constitución política del Estado del Estado Plurinacional de Bolivia fue promulgada en la ciudad “El Alto” el sábado 7 de febrero de 2009 y publicado por la Gaceta Oficial el lunes 9 de febrero de 2009, día desde el cual es obligatoria su acatamiento por estantes y habitantes de Bolivia.

El texto constitucional define el ingreso de Bolivia a la era de un Estado plurinacional, comunitario y con autonomías.

Preguntas mas Frecuentes

¿Cuándo entra en vigencia la Constitución Política del Estado?

Esta Constitución, aprobada en referendo por el pueblo boliviano entró en vigencia el día de su publicación en la Gaceta Oficial el 9 de febrero de 2009.

Fue promulgado por el Presidente Evo Morales 7 de febrero de 2009, dos dias antes.

¿Cuál es la estructura formal (contenido) de la Constitución Política del Estado (CPE) vigente?

Esta dividido en cinco partes:

La Primera Parte, Bases Fundamentales del Estado Derechos, Deberes y Garantías (CPE Art. 1 al 144);

La Segunda Parte, Estructura y Organización funcional del Estado (CPE Art.145 al 268);

Tercera Parte, Estructura y Organización Territorial del Estado (CPE Art. 269 al 305);

Cuarta Parte, Estructura y Organización Económica del Estado (CPE Art. 306 al 409);

Quinta Parte, Jerarquía Normativa y Reforma de la Constitución, establece que la Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico nacional y regula los procedimientos para su reforma, parcial o total. Mas detalles...

¿Qué tipo (Modelo) de Estado es Bolivia?

Bolivia se constituye en un Estado Unitario y Social de Derecho (CPE Art. 1). Mas...

¿Qué forma de gobierno adopta el Estado?

La forma democrática participativa, representativa y comunitaria (CPE Art. 2. I.). Mas...

¿Qué posición tiene el Estado sobre la religión?

El Estado respeta y garantiza la libertad de religión y de creencias espirituales, de acuerdo con sus cosmovisiones. El Estado es independiente de la religión (CPE Art. 4). Mas...Web PC

¿Cuál es el idioma oficial que reconoce el Estado?

Son idiomas oficiales del Estado el castellano y todos los idiomas de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, que son el aymara, araona, baure, bésiro, canichana, cavineño, cayubaba, chácobo, chimán, ese ejja, guaraní, guarasuawe, guaryu, itonama, leco, machajuyai-kallawaya, machineri, maropa, mojeño-trinitario, mojeño-ignaciano, moré, mosetén, movima, pacawara, puquina, quechua, sirionó, tacana, tapiete, toromona, uruchipaya, weenhayek, yaminaw, yuki, yuracaré y zamuco (CPE Art. 5. I.).

¿Cómo se adquiere la nacionalidad boliviana?

La nacionalidad boliviana se adquiere por nacimiento o por naturalización. Son bolivianas y bolivianos por nacimiento, las personas nacidas en el territorio boliviano, con excepción de las hijas y los hijos de personal extranjero en misión diplomática; y las personas nacidas en el extranjero, de madre boliviana o de padre boliviano (CPE Art. 141).

¿Cuando se adquiere la ciudadanía?

Son ciudadanas y ciudadanos todas las bolivianas y todos los bolivianos, y ejercerán su ciudadanía a partir de los 18 años de edad, cualesquiera sean sus niveles de instrucción, ocupación o renta (CPE Art. 144).

¿Cuales son los requisitos mínimos para ser elegido como representante del Órgano o Poder Legislativo?

Para ser candidata o candidato a la Asamblea Legislativa Plurinacional se requerirá cumplir con las condiciones generales de acceso al servicio público, contar con dieciocho años de edad cumplidos al momento de la elección, haber residido de forma permanente al menos los dos años inmediatamente anteriores a la elección en la circunscripción correspondiente.(CPE Art. 149)

¿Cuales son los requisitos mínimos para ser elegido como presidente y vicepresidente?

Para acceder a la candidatura a la Presidencia o a la Vicepresidencia del Estado se requiere cumplir con las condiciones generales de acceso al servicio público, contar con treinta años de edad cumplidos al día de la elección, y haber residido de forma permanente en el país al menos cinco años inmediatamente anteriores a la elección (CPE Art. 167).

¿En que consiste la autonomía?

La autonomía implica la elección directa de sus autoridades por las ciudadanas y los ciudadanos, la administración de sus recursos económicos , y el ejercicio de las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva, por sus órganos del gobierno autónomo en el ámbito de su jurisdicción y competencias y atribuciones (CPE Art. 272).

¿Cómo está constituida la autonomía departamental?

El gobierno autónomo departamental está constituido por una Asamblea Departamental, con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa departamental en el ámbito de sus competencias y por un órgano ejecutivo. (CPE Art. 277)

¿Cómo está constituida la autonomía Regional?

La región, conformada por varios municipios o provincias con continuidad geográfica y sin trascender límites departamentales, que compartan cultura, lenguas, historia, economía y ecosistemas en cada departamento, se constituirá como un espacio de planificación y gestión (CPE Art. 280).

¿Cómo está constituido la autonomía Municipal?

El gobierno autónomo municipal está constituido por un Concejo Municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el ámbito de sus competencias; y un órgano ejecutivo, presidido por la Alcaldesa o el Alcalde (CPE Art. 283).

¿Cómo está constituido la autonomía Indígena Originaria Campesina?

La autonomía indígena originaria campesina consiste en el autogobierno como ejercicio de la libre determinación de las naciones y los pueblos indígena originario campesinos, cuya población comparte territorio, cultura, historia, lenguas, y organización o instituciones jurídicas, políticas, sociales y económicas propias (CPE Art. 289).

¿Cual el Fundamento doctrinal?

El fundamento doctrinal de la Constitución de Bolivia es el social.
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[1] Asamblea Constituyente. “Una Asamblea o Convención Constituyente o simplemente Constituyente es una reunión nacional de delegados del pueblo—no representantes—elegidos o designados con el objetivo especifico formar las reglas de funcionamiento y distribución del Poder como fundamento del su sistema político y social y de plasmar estas reglas en una Constitución para la construcción de un nuevo Estado, con la obligatoriedad de: si es Asamblea, de seguir el Principio de División de poderes y , si es Convención, con el limite de no desconocer los Derechos Fundamentales ya reconocidos. Se llama asamblea si ésta se da luego de una revolución, un golpe de Estado o un desconocimiento total de la Constitución (por ejemplo Asamblea Popular de Bolivia de 1971) y se llama convención si no se desconoce el régimen constitucional.” (QUISBERT, Ermo, "¿Que es una Asamblea Constituyente?")

Cómo citar este APUNTEJURIDICO®:

MARIACA, Margot, "Constitución política del Estado plurinacional de Bolivia", http://jorgemachicado.blogspot.com/2009/10/cpe-bolivia.html Consulta:
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