UD. está aquí: CPE de Bolivia > Art. 7.- Soberania Los antecedentes modernos del concepto de soberanía en la lucha del rey de Francia contra la autoridad del Papa. Así Juan Bodino en “De Republica” dice que la “soberanía es el poder supremo sobre los ciudadanos y súbditos, no limitado por leyes”.
John Austin dice que la soberanía no reside en un Rey absoluto sino en el Parlamento ingles.
En verdad, Juan Bodino y John Austin no emplearon el concepto soberanía como término jurídico abstracto sino, como un arma de combate en la lucha política. La soberanía significaba para ellos el reconocimiento de un legislador supremo: un rey absoluto o un Parlamento. Esto con la intención de acabar con el poder del Papa.
Fue la Revolución francesa (1789) la que le dio un contenido de cómo la conocemos actualmente. Durante la monarquía absoluta, el ejercicio del “super amus” (del latín ‘señor supremo’) fue propiedad y exclusiva del rey. Con la revolución la soberanía paso al pueblo [1] quien lo ejerce en forma inalienable, imprescriptible, única e Indivisible.
Concepto
La Soberanía (del latín “super amus”, ‘señor supremo’) es la voluntad política que posee un Pueblo con derecho a tomar decisiones para determinarse, manifestarse, y tomar decisiones con independencia de poderes externos.
Caracteres
La soberanía tiene los siguientes caracteres:
Es inalienable. La soberanía no se puede transferir ni enajenar bajo ningún titulo a ninguna persona o grupo de personas. El pueblo al organizarse en Estado a lo sumo puede delegar en sus gobernantes para que la ejerzan.
Es imprescriptible. Como esta delegado, el pueblo no la ejerce por si mismo, pero esta falta de ejercicio no la desvanece, el pueblo no pierde la soberanía por el paso del tiempo sin ejercerlo.
Único. El pueblo no tiene otras “soberanías”, es único. Así los pueblos de las naciones reconocidas en la Ley Nº 4021 Régimen Electoral Transitorio Art. 32 no tienen soberanía. Solo el pueblo boliviano tiene soberanía. Existe una única soberanía y le pertenece al pueblo de la nación boliviana que está conformado por los pueblos de los mestizos, las naciones bolivianas y el pueblo de los afrobolivianos (CPE, Art. 3).
Indivisible. La soberanía no se la delega en parte, es delegada totalmente o no.
La soberanía en la Constitución política del Estado
La Constitución política del Estado cita 19 veces. Equivocadamente el preámbulo de la Constitución política del Estado dice que es un es un principio, pero como sabemos es una “voluntad política para tomar decisiones sin interferencia ajena”.
"Artículo 7. La soberanía reside en el pueblo boliviano, se ejerce de forma directa y delegada. De ella emanan, por delegación, las funciones y atribuciones de los órganos del poder público; es inalienable e imprescriptible."
La Constitución política del Estado dice que la “soberanía reside en el pueblo boliviano”. El Pueblo es el conjunto de ciudadanos con capacidad de elegir y ser elegidos a un puesto publico del Estado. En Bolivia todos los mayores de 18 años (Constitución boliviana, Art. 26, numeral II, inciso 2; Art. 149).
También dice que se ejerce en forma directa y delegada. En forma directa la soberanía se ejerce en el “referendo, la iniciativa legislativa ciudadana, la revocatoria de mandato, la asamblea, el cabildo y la consulta previa. Las asambleas y cabildos tendrán carácter deliberativo conforme a Ley.” (CPE, Art. 11 numeral II inciso 1).
La soberanía se ejerce en forma delegada cuando se elije servidores públicos, ya sean por voto universal, directo y secreto y conforme a Ley (Código electoral) o por usos y costumbres, en las naciones bolivianas (CPE, Art. 11 numeral II inciso 2, 3) para que la ejerzan la soberanía, en ultima instancia, en nombre del pueblo y solo en virtud de los poderes emanados de el.
La delegación es dar a una persona la capacidad de hablar por voluntad de otra. En la representación la persona delegada habla por voluntad de si misma.
Entonces de la soberanía emana, por delegación, las funciones y las atribuciones de los órganos del poder público (ejecutivo, judicial, legislativo y lectoral).
Una función es una acción (poder hacer) asignado a cada cargo dentro de las entidades para desarrollar las atribuciones propias de estas. Una atribución es una potestad (deber hacer) concedido a las entidades para desarrollar su finalidad y o alcanzar su objeto. Una finalidad es el motivo o intención con que se hace una cosa. Es el fin con que o por que se hace algo (Decreto Supremo Nº 23318-A Reglamento de la responsabilidad por la Función Pública – SAFCO Art. 7). Finalidades, funciones, atribuciones, facultades y deberes son elementos de la competencia. La competencia es la medida de la jurisdicción.
Defensa de la soberanía
¿Quién defiende la soberanía? Es un deber que la soberanía sea defendida no solo por el pueblo, o por el pueblo en armas—las FF. AA. —sino por todos los bolivianos y bolivianas.
"Artículo 108. Son deberes de las bolivianas y los bolivianos:
13. Defender la unidad, la soberanía y la integridad territorial de Bolivia, y respetar sus símbolos y valores."
"Artículo 244. Las Fuerzas Armadas tienen por misión fundamental defender y conservar la independencia, seguridad y estabilidad del Estado, su honor y la soberanía del país; asegurar el imperio de la Constitución, garantizar la estabilidad del Gobierno legalmente constituido, y participar en el desarrollo integral del país."
El pueblo Bolivia respeta la soberanía de los Estados.
"Artículo 10. I. Bolivia es un Estado pacifista, que promueve la cultura de la paz y el derecho a la paz, así como la cooperación entre los pueblos de la región y del mundo, a fin de contribuir al conocimiento mutuo, al desarrollo equitativo y a la promoción de la interculturalidad, con pleno respeto a la soberanía de los estados."
"Artículo 255. I. Las relaciones internacionales y la negociación, suscripción y ratificación de los tratados internacionales responden a los fines del Estado en función de la soberanía y de los intereses del pueblo."
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[1] El Pueblo es el conjunto de ciudadanos con capacidad de elegir y ser elegidos a un puesto publico del Estado. En Bolivia todos los mayores de 18 años (Constitución boliviana, Art. 26, numeral II, inciso 2; Art. 149).
Cómo citar este APUNTEJURIDICO®:
- MACHICADO, J., "¿Que es la soberanía?", http://jorgemachicado.blogspot.com/2010/07/cpe007.html Consulta:
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