Entre las Formas Historicas De Punicion, que se conocen a través de tradiciones, textos antiguos, etc. tenemos: El Talión,
La Composición,
La Venganza Divina,
La Venganza Pública (en Grecia, en el
Derecho Penal Romano,
Derecho Penal Germánico,
Derecho Penal Canónico, y en el
Derecho Penal Europeo).
Formas Historicas De Punicion
B y J. MACHICADO
UD. está aquí: El Derecho Penal a través de las Escuelas Penales y sus Representantes > Formas Históricas De Punición
El Talión (o
venganza justa). Es la Venganza Privada Reglada [1] que
consiste en hacer sufrir al delincuente un daño igual al que causó. Ya el
pueblo de Israel conocía el Talion como lo prueba la Biblia en Exodo
[2]:
21:22-25.
El talión es la primera forma histórica de punición que supone la
existencia de un poder público que aplica una equivalencia material entre el
mal sufrido por la víctima y el inferido por el agresor.
Caracteres del
Talión:
- la existencia de un poder público, y
- la búsqueda de la equivalencia.
Inaugura el
periodo de la pena tasada, aunque no es una pena en si misma sino un medio de
castigo.
La Composición
[3].
(Del latín componere ‘arreglar’, ‘conciliar’). Tarifación del daño
causado por el cual el ofensor pagaba en dinero o en especie al ofendido, para
salvarse de la venganza pública o privada.
Se denominaba según el caso:
wergildo (precio por un hombre en el homicidio) y busse (por delitos menores),
se agregaba una multa pagadero al Estado por su intervención en la graduación
(fredus) de la pena
Venganza Divina. Consiste
en que el trasgresor de las leyes religiosas debe ser muerto por la comunidad
para aplacar a los dioses.
El fin de la
pena es la expiación. El daño se confunde con el pecado. Se da en las
sociedades teocráticas.
La venganza
divida se da en: Babilonia, Israel, China, Egipto, India y en el Kollasuyo.
China.
Distingue entre la intensión y los móviles del delito. Conocían las penas de:
amputación de la nariz y las orejas, obturación de los orificios del cuerpo,
incisiones de los ojos, la pena capital, etc.
Durante la
dinastía Shang
[4] ya se
establecía el uso de la huella dactilar para garantizar los documentos, por
ejemplo un contrato de matrimonio. La Dinastía Chou que duró de 1122 al 240 a. C. Ya se preocupó para llegar a establecer castigos, aunque estos se diferenciaban de
los castigos religiosos. Se sancionaba ya el pillaje con castigos corporales,
por ejemplo se corte del dedo pulgar.
Confucio ya
establecía 5 delitos imperdonables:
-
1.
Hombre
que medita en secreto y practica bajo capa de virtud.
2.
Incorregibilidad
reconocida y probada en sociedad.
3.
Calumnia
revestida en el manto de la verdad para engañar al pueblo.
4.
Venganza:
esta era sancionada con la máxima pena, la muerte.
5.
Formular
el pro y el contra sobre el mismo asunto.
Confucio decía:
"Ten cuidado de cometer un crimen porque tendrás el castigo correspondiente."
Babilonia. Regulaba la
vida del Imperio babilónico. Hammurabí establece su Código laico (2250 a. C.) Dispone: Talión detallado, no hay venganza privada. Distingue entre dolo y culpa. Las atenuantes
son el arrebato y la obcecación. Las penas son crueles. Establecía ya, lo que
ahora se llama negligencia temeraria, es decir quien construye una casa y esta
se derrumba, el constructor debía ser castigado.
Israel.
Conoce el talión por homicidio; algunas formas de venganza privada. Las penas
son rigurosas. El fin de la pena es la expiación.
La Ley sobre
el altar establece preceptos relativos a:
- El Homicidio Éxodo. 21:12- 16;
- Golpes y heridas, Éxodo. 21: 18-21;
- El Talión, Éxodo. 21: 21-25,
- Robo de animales, Éxodo. 21: 37,
- Delitos que deben ser compensados, Éxodo. 22: 4-14,
- Violación de una virgen, Éxodo. 22: 15-16.
Los Diez
Mandamientos establece reglas
[5] –aunque
sin sanciones—que si son vulnerados serán castigados por la ira de Dios. En
Éxodo (20,1-17) y en Deuteronomio (5,6-21) aparecen dos versiones diferentes de
los mandamientos, aunque en ambas el espíritu es el mismo. La versión del Éxodo
difiere de la del Deuteronomio en dos elementos: proporciona un motivo
religioso, en lugar de humanitario, respecto a la observancia del sábado; y al
prohibir la codicia, incluye a la mujer del prójimo junto con el resto de sus
propiedades, en lugar de hacerlo por separado.
Egipto.
El delito se caracteriza por su carácter religioso. El Derecho, la religión y
la magia estaban confundidos en el llamado Derecho De Los Muertos, se llamaba
así porque era una especie de diario donde se apuntaba todo lo malo y bueno que
había hecho en vida el difunto. Esto era una forma de condena.
El Edicto de
Har-em-hab del siglo XV a. C. establece que los abusos a los criados podían
ser sancionados, aunque no define la clase de penas. Ya tipificaba el cohecho y
el pillaje.
Los Escritos
Ipitas (reinado de Ramsés II) condenaban con penas corporales el robo con
la extracción de los incisivos al delincuente.
India. Conoce el Manu
Smriti
[6] (Código
del Hombre, del sánscrito manu ‘hombre’) y el amarsa Barsa Satra
dispone: la diferenciación entre el delito culposo, fortuito y el voluntario.
Penas desiguales. Se aplican según las castas. El fin de la pena es la purificación.
Collas y Quichuas. El
delito mas grave era el robo de ganado. Las penas eran el despeñamiento y el
destierro. Existía el tabú de templos y fortalezas. La institución penal generalizada
era la composición directa en especie con la tribu ofendida.
Para los quichuas delito y
sacrilegio eran iguales. La responsabilidad no era individual. Se admitían las
atenuantes como ser en el hurto famélico, ignorancia de la ley. Las penas eran crueles por delitos militares y religiosos. Existía la pena capital
(horca, lapidación, entierro con vida, descuartizamiento). Existían dos clases
de prisiones: los zancay para traidores, y las pinas para delincuentes menores.
La cuarta forma histórica es la
venganza aparece en Grecia y es la venganza pública.
La Venganza Pública es la capacidad del Estado para aplicar penas al autor de un
delito.
El fin de la
pena es la intimidación. El daño se convierte en delito y la venganza en castigo
legal. La infracción ya no se considera atentado contra la persona sino contra la sociedad. El Estado toma para sí la venganza. El Derecho Penal se propone corregir a los
delincuentes, prevenir el delito y defender a la sociedad.
La venganza
pública en Grecia tiene dos etapas:
- la etapa Legendaria y,
- la etapa Histórica
Etapa
Legendaria. El Derecho Penal aún es religioso. Las Polis
[7]
dictaban las leyes bajo delegación de Júpiter. El delito proviene del destino y
la pena siempre se cumplía porque era divina. Las sanciones eran tanto públicas
como individuales (destierro, muerte civil).
Etapa
Histórica. El Derecho Penal es laico con base en el delito natural. El
delito evoluciona de la responsabilidad colectiva de la gens a la
responsabilidad individual.
PITÁGORAS dice
que el delito rompe el equilibrio social y la pena lo restablece (balanza de la diosa Temis).
PROTÁGORAS.
Defiende la Teoría de la ejemplaridad de la pena que dice que la pena debe estar
de acorde con el daño causado.
SÓCRATES dice
que el delito está en la falta de educación, el fin de la pena es la reeducación. Su teoría se basa en el areté virtud. El hombre que comete un delito es
escaso de areté. Como filosofo establece los valores. La virtud es el
valor fundamental para que el hombre tenga que comportarse como tal. La falta
de virtud o areté hacía que el hombre se encamine hacia el delito.
¿Cómo que
cultiva—y se la obtiene—esa virtud? A través de la educación. Hombres con falta de educación para la obtención del areté son proclives al
delito. Por eso para Sócrates el fin de la pena es la reeducación.
HIPOCRÁTES.
Considerado padre de la Medicina y de la Biología Criminal por su Teoría de los Humores plantea la Teoría De Los Cuatro Humores:
- Cuando predomina la SANGRE, el carácter es sanguíneo.
- Cuando predomina la FLEMA, el carácter es flemático
caracterizado por: apatía, indiferencia, pereza y cierta amnesia
emocional.
- Si predomina la BILIS, su carácter es colérico.
- Si predomina la BILIS NEGRA, es melancólico.
Esta teoría es considerada
todavía en Criminología, porque se basa en el temperamento y el carácter del
individuo. Hipócrates es uno de los autores de la Criminología pre-científica.
PLATÓN dice que
el delito está en la ignorancia de las leyes. El fin de la pena es la cura moral.
Considerado como impulsor de la corriente sociológica. Dice que el delincuente
es parecido a un enfermo, las causas del delito están en la miseria o en la guerra. Si existe miseria o injusticias en la sociedad, va haber delitos. Esto es patente en
la actualidad, al comparar los niveles de vida de diferentes países vemos en
Suiza existe un nivel bajo de delitos contra la propiedad.
La Sociología Criminal afirma que la miseria es causa de delito. En la actualidad la mayoría de
los delitos son económicos. Si no existe equidad y justicia salarial habrá delitos,
esto no es una apología, sino la realidad.
ARISTÓTELES
dice que es delito si se conoce la causa (conocimiento y libertad), si no hay
causa, no hay delito (el alcoholismo). Cultor de la Psicología Criminal porque establece el estudio del alma, el pensamiento y los afectos. Dice
que cualquiera alteración de estas virtudes puede ser causa de criminalidad. La
falta de afecto lleva a una situación anormal.
Establece—alrededor
de 348 a.C. —que la pasión es causa de criminalidad. En esto no ha estado
totalmente equivocado, ya que actualmente se estudian los crímenes pasionales.
Actualmente además de tomar la pasión, también se toman en cuenta otros factores
como ser el carácter del individuo, la tipología morfológica, etc.
El Derecho Penal evoluciona de
formas religiosas. Tenemos tres épocas:
La primera época divide los delitos en:
- Delitos Públicos (Crimina Pública: perduelium, el parricidio,
el incensus (no pagar impuestos) y, en
- Delitos Privados (Delicta Privata: homicidium, el furtius
(hurto), las injurias, delitos contra el matrimonio).
En al segunda época la Lex Valeria impone la pena capital (suplicium) para el perduelio y el
parricidio, al principio ejecutado por el pueblo, mas tarde por los tribunales.
Para los delitos privados se aplica la pena (poena).
En la tercera época nace el delito extraordinario (crimina
extraordinaria) que es una figura entre delito privado y el público, la
sanción era impuesto por el Magistrado ya que esta clase de delito no esta
tipificado en la ley. En esta época ya se conoce los aspectos subjetivos del
delito como el dolus malus, el dolus bonus, las atenuantes y
agravantes, la culpa, la imputabilidad, el delito impulsivo. Las penas son
graves p.ej., la tortura, los trabajos forzados.
La pena
evoluciona desde la venganza privada pasando por el talión, composición, el
poder del “pater familias” hasta llegar a la venganza pública.
El Derecho Penal es objetivo y
privado. En un principio el “pater familias” era juez y sacerdote. Existía la
venganza de sangre, este era un deber, la composición por contrato (wergildo y
busse), la composición con intervención de autoridad a la que se pagaba la
multa, la expulsión de la paz. La composición servía para componer el daño
civil y para imponer una pena.
La
responsabilidad era por el resultado y por el estado psicológico del autor. De
lo anterior se diferenciaba entre dolo, culpa y delito fortuito.
Sus fuentes son:
- El Decreto de Graciano (1140)
- Las Decrétales de Gregorio
IX (1234)
- El Libro de Bonifacio
VIII (1298)
- La Constitución de
Clementina (1317)
- Los Procedimientos de la Santa Inquisición style='font-style:normal'>.
Clasifica los delitos en:
- delitos contra el Orden divino
(apostasía, el ateísmo),
- delitos contra el Orden
humano, y
- delitos mixtos.
Las penas en orden del mas grave
al leve, eran:
- La Excomunión, hoguera y tormentos,
- La Detención perpetua, reclusión en los conventos,
- La penitencia, peregrinación, y
- Los rezos y la limosna.
Ventajas:
- Es público y combate la venganza privada,
- Exige la igualdad ante la ley, porque todos son hijos de
Dios,
- Reglamenta las guerras(Tregua de Dios de miércoles a
lunes, en esos días se llevo la Pasión de Cristo),
- Permite el asilo en los templos,
- La responsabilidad está en base al Libre Albedrío [8]
- Dulcifica las penas y el fin de la pena esta en la
corrección a través del arrepentimiento.
Desventajas:
- El Derecho Penal Canónico es religioso y vindicativo.
- El delito es igual al pecado.
- La tortura como medio de confesión del delito para
tranquilizar la conciencia del juez.
- El Poder o derecho de castigar que también tenía la Iglesia Católica aparte del Estado.
- La pena no es individual, abarca a terceros.
En la Edad Media se fusionan el Derecho canónico, romano y germánico con predominio del Derecho
romano, porque los tribunales y los estudiosos siempre consultaban el Corpus
Juris Civile de Justiniano.
Desventajas:
- El Derecho Penal protege los intereses de los monarcas,
nobleza y clero.
- Desigualdad ante la ley. El tratamiento penal se fundaba en la calidad de las personas: nobles y plebeyos.
- Instrucción secreta del proceso. No había Garantías
Procesales.
- Arbitrio Judicial sin marco legal, el juez tenía la
facultad de aplicar las leyes que juzgaba conveniente.
- Falta de individualización de la pena, se trasladaba a
terceros, inclusive a animales y objetos.
- Crueldad excesiva de la pena: pena capital, torturas y mutilaciones,
trabajos forzados, confiscación de bienes a favor del señor feudal.
____________________
[1]
Venganza Privada Reglada. Reacción del grupo al que pertenece el
ofendido buscando causar un daño en la misma proporción que el sufrido.
[2]
Fragmento del Éxodo 21: 22- 25, La Biblia:
Ley sobre el altar. Golpes y heridas.
22.
Si unos hombres, en el curso de una riña, dan un
golpe a una mujer encinta, y provocan el parto sin más daño, el culpable será
multado conforme a lo que imponga el marido de la mujer y mediante arbitrio.
23.
Pero si resultare daño, darás vida por vida,
24.
ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie
por pie,
25.
quemadura por quemadura, herida por herida,
cardenal por cardenal.
Este fragmento del Éxodo
ofrece la serie de preceptos legales que debían regir la vida del Pueblo
Elegido. Este texto legal constituye un conjunto de instrucciones legales
necesarias para la ordenación del itinerante pueblo judío de aquel momento.
[3]
Etapas de solución de conflictos en la historia. La Autotutela que consiste en
que una de las partes del conflicto (el ofendido) infiere el mismo daño a la
otra parte, por ejemplo el talión. La Autocomposición que consiste en la
solución del conflicto por la presencia de las dos partes, ofendido y ofensor,
por ejemplo la transacción. La Heterocomposición que consiste en la aparición de un tercero (el Estado) que pretende la solución del conflicto, por ejemplo un
proceso civil. Este monopolio aparece en la Revolución Francesa (1789).
[4]
Dinastía Shang o Dinastía Chang, primera dinastía imperial de China
respecto de la cual existen evidencias históricas. Una cronología efectuada
durante el periodo de gobierno de la dinastía Han cita los años de 1766-1122 a.C. como años de su gobierno.
[5]
Los Diez Mandamientos. Por tradición, los mandamientos han sido
enumerados de acuerdo con tres criterios. La mayoría de los cristianos
protestantes y ortodoxos dividen y enumeran los mandamientos del siguiente
modo: (1) la prohibición de adorar a cualquier divinidad que no sea Dios; (2)
la prohibición de la idolatría; (3) la prohibición de usar en vano el nombre de
Dios; (4) la observancia del sábado; (5) el honrar a los padres; (6) la prohibición
de matar; (7) la prohibición del adulterio; (8) la prohibición de robar; (9) la
prohibición de prestar falso testimonio; (10) la prohibición de codiciar la propiedad
o desear la mujer del prójimo.
Los católicos y los
luteranos siguen la división utilizada por san Agustín de Hipona (siglo IV). El
prólogo y las dos primeras prohibiciones están combinados, y el último
mandamiento se divide en dos, prohibiendo, cada uno por separado, desear a la
mujer del prójimo y codiciar los bienes ajenos. Por ello, la enumeración de los
demás mandamientos difiere en un número. En la tradición judía el prólogo es
considerado el primer mandamiento, las dos primeras prohibiciones se conjuran
como segundo mandamiento, y el resto sigue el mismo orden que las tradiciones
protestante y ortodoxa.
[6]
Manu Smriti , (Código Del Hombre, del sánscrito manu, ‘hombre’ ) Código
hindú que contiene: instrucciones morales y sociales y normas para la
celebración de rituales y ceremonias para el sistema de castas de la India, que
consta de 2.685 versos, divididos en 12 libros. El autor fue Svayambhuva,
según el poema épico indio Mahabharata. Los investigadores han fechado el Manu
Smriti entre el año 600 a.C. al 300 d.C. El primer manu se llamó Svayambhuva,
que significa 'hijo del que existe por sí mismo' o Brahma.
[7]
Polis (Del gr. πόλις). En la antigua Grecia, Estado autónomo constituido por una ciudad y un pequeño territorio.
[8]
"La Teoría del Libre Albedrío sostiene que la marcha del pensamiento o de
la acción puede ser dirigida por el propio individuo haciendo caso omiso de
influencias externas, por eso la Teoría del Libre Albedrío dice que el libre
albedrío es el poder o capacidad del individuo para elegir una línea de
acción o tomar una decisión sin estar sujeto a limitaciones impuestas por
causas antecedentes, por la necesidad, o por la predeterminación divina. Un
acto libre por entero es en sí mismo una causa y no un efecto; está fuera de la
secuencia causal o de la ley de la causalidad." (QUISBERT, E. "¿Qué es el Libre albedrío?", http://jorgemachicado.blogspot.com/2009/09/la.html Consulta: 29/10/2010).
Cómo citar este APUNTEJURIDICO®:
- MACHICADO, Jorge, "Formas Historicas De Punicion ", http://jorgemachicado.blogspot.com/2010/10/fhp.html Consulta: