Nociones para entender un Estado Plurinacional

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      B  Y      M. MARIACA


Autodeterminación. Es el derecho que tienen las naciones de elegir su sistema político y jurídico así como su modelo de desarrollo económico, social, científico y cultural, en un territorio geográficamente definido dentro del marco de un Estado Federal, si es necesario.

Comparar el termino de autodeterminación con el termino de la libre determinacion.

Libre determinación.

Es la formación y fijación de los términos y límites del funcionamiento y distribución del poder por voluntad de una nación en el marco competencial que le otorga la Constitución política del Estado.

Ver mas en la Web o en su ordenador

Autogestión.

f. Sistema de organización económica de las nacionalidades según el cual sus componentes participan en todas las decisiones. Es una estrategia de sobrevivencia económica, y social que aspira alcanzar un trato más igualitario y el reconocimiento de nuestros derechos como nacionalidades para reducir la explotación económica.

La Autogestión en el Derecho de las nacionalidades no significa aislamiento ni autosuficiencia, sino una interrelación dinámica, dialéctica y humana con todos los sectores de la sociedad.

Autonomía.

“La Autonomía es una cualidad gubernativa que adquiere una entidad territorial de acuerdo a las condiciones y procedimientos establecidos en la CPE y la Ley, que implica: 1. la elección directa de sus autoridades por las ciudadanos (as), 2. la administración de sus recursos económicos y 3. el ejercicio de facultades: a) legislativa, b) reglamentaria, c) fiscalizadora y d) ejecutiva por sus órganos de gobierno autónomo, en el ámbito de su jurisdicción territorial y de las competencias y atribuciones establecidas por la CPE y la ley (CPE Art. 272; Ley Nº 31 Art. 6 parágrafo II numeral 3).” (MACHICADO, Jorge, "¿Qué es la autonomía?", 2011, http://jorgemachicado.blogspot.com/2011/12/autonomia.html Consulta: viernes, 10 Febrero de 2012). Véase mas en la Web o en su PC.

Autoridades propias.

Autoridades elegidas de acuerdo con su cultura que ejercen el gobierno interno en las nacionalidades.

Comunitarismo.

Modo de producción de basada en la reciprocidad, solidaridad, igualdad en la que participan activamente todos sus miembros.

Cultura

. Es el conjunto de rasgos distintivos, espirituales y materiales, intelectuales y afectivos, que caracterizan a una sociedad o grupo social en un periodo determinado. El término ‘cultura’ engloba además modos de vida, ceremonias, arte, invenciones, tecnología, sistemas de valores, derechos fundamentales del ser humano, tradiciones y creencias. A través de la cultura se expresa el hombre, toma conciencia de sí mismo, cuestiona sus realizaciones, busca nuevos significados y crea obras que le trascienden.

Democracia plurinacional.

Permanente y plena participación de todas las nacionalidades como una unidad en la toma de decisiones y en el ejercicio del poder político del Estado Plurinacional .

Derecho de nacionalidades

. Conjunto de normas jurídicas y costumbres que regulan las relaciones entre los individuos de las nacionalidades y de estos con el Estado Plurinacional

Estado plurinacional

Estado plurinacional, es la organización política y jurídica de una sociedad de varias naciones unidas en un solo Estado con Gobierno de representación plurinacional y sujetas a una única Constitución Política. Vease mas... en la Web o en su ordenador.

Función Social

La función social es el Aprovechamiento sustentable de la propiedad para la subsistencia de su titular (CPE, 397 II).

Función Económica Social

La función económica social es el empleo sustentable de la propiedad en el desarrollo de actividades productivas, conforme a su capacidad de uso mayor, en beneficio de la sociedad, del interés colectivo y de su propietario (CPE, 397 III).

Intraculturalidad

. Sobrevaloración de la manera de ser de un pueblo que va en desmedro del otro. Se énfasis en el desarrollo de lo particular. “…es un concepto que pone énfasis en el desarrollo de lo particular y un ejemplo claro de la intraculturalidad es la ley Avelino Siñani o el criterio de decir que los indígenas son los buenos y le resto son malos. Esta sobrevaloración de lo indígena va en desmedro del otro sector, es intraculturalidad y no interculturalidad. Eso es retroceder.” (YAPURA A., Grover ; PADILLA, Abel (Ed.); “Entrevista a Víctor Hugo Cárdenas. ‘Las iniciativas para la inclusión son discursivas’” en 25 Años De Democracia, La Paz, Bolivia: LaRazón, 2007, pagina 106).

Se debe diferenciar de la Interculturalidad.

Identidad plurinacional

. Conjunto de rasgos propios y derechos de una colectividad que los caracterizan frente a los demás.

Nacionalidades

. Vínculo jurídico del individuo con un Estado concreto, que le generan derechos y deberes recíprocos tanto de Derecho interno como de Derecho internacional. Se determina por el nacimiento y por la voluntad de las persona. (Se diferencia de la ciudadanía, ya que éste es un vínculo político y se determina por la edad y la capacidad de las personas, y corresponde al Derecho constitucional y a la ley electoral. Por ejemplo en Bolivia los menores a 18 años no son ciudadanos, aun no pueden votar ni ser elegidos para cargos públicos).

Si la nación colla tuviera la posibilidad de establecer su Estado propio, por ejemplo el Qullasuyu, nacería un vinculo jurídico con este Estado en la personas que habitan su territorio. Dejarían de ser bolivianos, y serian qullas.

Nación

Una nación es:

…toda la colectividad humana que comparta identidad cultural, idioma, tradición histórica, instituciones, territorialidad y cosmovisión,....” (CPE Art. 30, numeral I)

Una Nacion es una Comunidad en las que sus componentes se reconocen por adelantado en una institucionalidad a la que reconocen como propia y, dentro de la cual, integran sus luchas sociales, sus competencias y mentalidades. (GARCÍA LINERA, Álvaro, “¿Qué es una Nación? en Critica, No.- 3, Septiembre 2001, La Paz, Bolivia, paginas 6 y 7).

Las naciones son fronteras sociales, territoriales y culturales que existen previamente en las cabezas de los con-nacionales y que tienen la fuerza de objetivarse en estructuras materiales e institucionales. Las naciones son artefactos políticos, construcciones políticas que crean un sentido de pertenencia a un tipo de entidad histórica capaz de otorgar sentido de colectividad trascendente, de seguridad histórica ante los avatares del porvenir, de adhesión familiar básica entre personas a las cuales seguramente nunca se las podrá ver pero con las cuales se supone se comparte un tipo de intimidad, de cercanía histórica, de potencialidades convivenciales que no se las posee con otras personas que conforman la otredad, la alteridad.

La idea de "una Nacion, un Estado", de la época de Napoleón, se está dejando de lado, para entrar en la idea de que varias naciones no necesariamente tienen que crear sus propios Estados. Esto se verifica con que en el mundo hay unas cinco mil naciones con sus propias lenguas pero no existen tal numero de Estados registrados en la ONU.

Los temores de balcanización—es decir que cada nacion a la larga o a la corta formara su propio Estado— se da cuando El Estado Unitario no reconoce a las naciones. En el caso de los Balcanes una nacion no reconocía a la otra, cada nacion quería que la otra se subsuma en la propia. Se buscaba una homogeneizacion. Lo diverso no era reconocido. Eso no sucede si el Estado unitario reconoce la diversidad de naciones y pueblos de su territorio, como se esta haciendo en el caso boliviano.

Es por esto que nosotros llamamos a las culturas, a las etnias, a los pueblos y a las culturas: Naciones.

En el Ecuador existen las siguientes naciones:

  1. Kichwa,
  2. Shuar-Achuar,
  3. Chachi,
  4. Tsáchila,
  5. Siona-Secoya,
  6. Huaroani,
  7. Cofán,
  8. Awa y
  9. Epera (nacionalidad asentada en las provincias de Imbabura y Esmeraldas).

En Bolivia la Ley Nº 4021 Regimen Electoral Transitorio en su Art. 32 reconoce las siguientes Naciones bolivianas. Véase: En la Web o en su ordenador

Modelo de desarrollo plurinacional.

Modo de producción del Estado Plurinacional fundamentado en la propiedad familiar-personal, comunitaria y autogestionaria por medio de la racionalización de los recursos disponibles de las Nacionalidades .

Pluralismo económico

. Es el aseguramiento de la existencia de distintas formas de propiedad: la pública, la privada, la cooperativa y la propiedad comunitaria. Ver mas en la Web o en su ordenador.

Pluralismo Jurídico

Pluralismo Jurídico es la coexistencia dentro un Estado de diversos conjuntos de normas jurídicas positivas en un plano de igualdad, respeto y coordinación. PC | Web

Pluralismo político

. El Pluralismo político es la existencia y participación de todas las organizaciones de representación popular (partidos políticos, agrupaciones ciudadanas y pueblos indígenas) en los asuntos políticos del país, sin restricciones ideológicas siempre y cuando se respeten los principios básicos del régimen democrático y constitucional.

Uno de esos principios básicos a respetarse es: el Principio de Participación. Los ciudadanos a través de las organizaciones de representación popular tienen el derecho de participar a plenitud y con absoluta libertad en la constitución democrática de los poderes públicos..

Plurinacionalidad.

Es el principio político que garantiza el pleno ejercicio de los derechos de todas las naciones que existen en un Estado.

Propiedad comunitaria.

Conjunto de bienes y riqueza que constituyen el patrimonio económico de todos los miembros de la comunidad.

Propiedad familiar-personal

Conjunto de bienes y riquezas que constituyen el patrimonio económico de las familias y las personas que no pueden sobrepasar la Propiedad comunitaria.

Propiedad del Estado plurinacional.

Conjunto de recursos humanos, naturales y financieros y por ser estratégicos pertenecen exclusivamente al Estado Plurinacional.

Reforma agraria.

Es un proceso mediante el cual se aplica un conjunto de medidas económicas y políticas, con el objetivo de cambiar la estructura de propiedad agraria para lograr el desarrollo integral.

Territorio.

Espacio material constituye la porción geográfica determinada y exclusiva donde se asienta la población y ejerce su imperium el Estado. Ejercer su imperuium significa que el Estado gobierna a través de—generalmente—los tres orgqanos. Si ese imperium o poder lo ejerce hacia el exterior de su territorio, este imperium se llama soberanía.

Sus elementos son: la unidad jurídica, la unidad natural y la indivisibilidad.

La Unidad jurídica se refiere al ejercicio del poder dentro de las fronteras del Estado y soberanía para mas allá de sus fronteras.

La Unidad natural o física se refiere a la geografía y comprende:

  • el suelo (delimitado por las fronteras),
  • el subsuelo (en forma de cono hasta el centro de la Tierra),
  • el espacio aéreo (hasta el sistema defensivo del país),
  • el mar territorial (hasta las 12 o 200 millas marinas, según el país que lo haga respetar), y
  • el espacio lacustre (comprendido por los lagos, lagunas y ríos).
La indivisibilidad significa que por regla que los países son de territorio continuo, aunque por excepción pueden ser discontinuos, por ejemplo Malasia y otros países están conformados por un conjunto de islas. Otro ejemplo, dentro de un Estado las embajadas que gozan de inmunidad territorial o diplomática, son parte del territorio de un “Estado” y se rigen por el ordenamiento jurídico vigente en el mismo, a pesar de encontrarse espacialmente dentro de otro Estado.

Cómo citar este APUNTEJURIDICO®:

MARIACA, M., "Nociones para entender un Estado Plurinacional", 2009, http://jorgemachicado.blogspot.com/2009/11/nociones-para-entender-un-estado.html Consulta:

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