¿Que es el Derecho Tributario?

El Derecho Tributario es el conjunto de normas y principios que regulan la relación jurídico - tributaria que nace entre la administración y el contribuyente, al producirse el hecho generador del tributo.

¿Que es el Derecho Tributario?

By Ermo Quisbert


Codice Florentino. Conjunto de folios ilustrados que revela la cultura de los nahuas a través de una versión indígena de la historia de la conquista española del territorio mexicano. Esta imagen reproduce al soberano azteca Moctezuma II recibiendo tributos. En la actualidad hay comunidades nahuas desde el sur de Durango hasta Oaxaca.
© BIBLIOTECA MEDICEA LAURENCIANA, Florencia, Italia. Derechos Reservados.
El Derecho Tributario (o Derecho Fiscal) es el conjunto de normas y principios que regulan la relación jurídico - tributaria que nace entre la administración y el contribuyente, al producirse el hecho generador del tributo.

El sujeto activo (la administración) y el sujeto pasivo (el contribuyente) no están vinculados por una relación de poder, sino jurídica y en una situación de igualdad.

Objetivo y contenido

Tiene por objetivo la recaudación y su contenido esta referido a la actividad de la administración facultada:

1.Para exigir del contribuyente cierto comportamiento que normalmente se traduce en la obligación de comparecer ante aquella cuando es notificado; de exhibir libros o

Como citar:


QUISBERT, Ermo, ¿Que es el Derecho Tributario?, Sucre, Bolivia: USFX, 2009,
jorgemachicado.blogspot.com/2009/10/dertrib.html

documentos contables, presentar declaraciones juradas, facilitar la presencia de inspectores en el domicilio tributario, etc. y

2. Comprende el conjunto de normas sancionatorias de las infracciones a las obligaciones materiales y formales por parte del contribuyente, responsables o terceras personas.

Ramas

Derecho Tributario Procesal

El Derecho Tributario Procesal, tiene por objeto la regulación de las instituciones jurídicas que con la jurisdicción y competencia que la ley les otorga, conocen y se pronuncian en las demandas de impugnación de los actos de la administración impositiva.

La acción incoada por el contribuyente impugnando el acto liquidatorio o cualesquiera otros actos susceptibles de someterse a la tutela de un órgano jurisdiccional, da origen a una controversia reglada o contencioso - tributario que se nutre de los principios generales que la insuflan el Derecho Procesal común pero que tiene una característica propia de acuerdo a la ordenación jurídica.

Derecho Tributario Internacional

El Derecho Tributario Internacional, que trata los problemas de armonización fiscal de procesos de integración económica.

Principio de legalidad tributario

El Principio De Legalidad Tributario, es un axioma[1] en virtud del cual el tributo solo puede ser impuesto por la ley. ¿QUE ES PRINCIPIO DE LEGALIDAD?

El Código Tributario Boliviano

El Código Tributario Boliviano fue promulgado por D.S. 9298 el 2 de julio de 1970, y elevado a rango de ley dieciséis años después, en ocasión de la reforma tributaria de 20 de mayo de 1986. Es en este año cuando empieza un sistema de recaudación de tributos.

El aspecto indudablemente positivo del Código Tributario Boliviano radico en la incorporación a la historia del Derecho financiero nacional, de instituciones y principios jurídicos tributarios que por primera vez irían a regir las relaciones entre el fisco y los contribuyentes, interpretadas hasta entonces, mas por la apreciación subjetiva y arbitraria de los funcionarios.

El Código Tributario Boliviano reúne en si, el conjunto de normas generales que rigen las relaciones jurídicas entre el Fisco y los contribuyentes, tanto en el orden material sustantivo como en el ámbito procesal.

Precedido de una exposición de motivos, el Código esta dividido en seis títulos y estos a su vez en capítulos. les siguen otras once disposiciones transitorias y una final derogatoria.

Su contenido relativo a la interpretación de las leyes impositivas, a la individualización de los sujetos de esta relación y su responsabilidad en la deuda, a la determinación del domicilio tributario y finalmente, a las formas de extinción de la obligación.


Axioma. (del griego "axioma", 'lo que parece justo'). Proposición evidente no susceptible de demostración sobre la cual se funda una ciencia. Originariamente el término ‘axioma’ significaba ‘dignidad’. Por derivación se ha llamado ‘axioma’ a “lo que es digno de ser estimado, creído o valorado”. Así, en su acepción más clásica el axioma equivale al principio que, por su dignidad misma, es decir, por ocupar cierto lugar en un sistema de proposiciones, debe “estimarse como verdadero”.


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